< LO REENVIO SIN ENLACES PARA Q SE VEA BIEN >
(A mí al menos no se me ve bien el post por el scroll horizontal)
hola retrevi,
me imagino te refieres a que nuestro caso es el segundo supuesto pq dice:
"Los casos expuestos en el punto anterior en los que la entidad financiera no hubiera notificado la concesión del préstamo convenido al Ministerio de Fomento antes del 1 de enero de 2011"
Esto es, que ni nos hemos subrogado al prestamo antes de esa fecha (estamos en ello ;)) ni nuestra entidad (el BBVA) ha notificado la concesión del prestamo convenido a Zellet antes de la citada fecha.
Por lo que nos aplican "las modificaciones en las ayudas a la adquisición de viviendas protegidas de nueva construcción del Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación 2009-2012,"
Pero, en cualquier caso, tanto si nos aplican o no, si pinchas en cualquiera de los enlaces:
< ENLACES BORRADOS. Ver post anterior >
Veras que en ambos casos las condiciones en cuanto al prestamo convenido son casi iguales, y desde luego IDENTICAS en cuanto al tipo de interés: "El tipo de interés efectivo podrá ser variable o fijo, con la conformidad de la entidad de crédito colaboradora."
Y de lo que yo he leído en múltiples sitios (googleando) el interés para estos prestamos es la horquilla entre el 0,25 y el 1,25. Para muestra un botón: < ENLACES BORRADOS. Ver post anterior >
Pero si esto ha cambiado desde luego no encuentro ninguna info al respecto.
Subo el documento en el que se aprueba el prestamo convenido para nuestra promoción.
Disculpar la chapa pero este tema es MUY importante pq aqui si que hay bastante pasta en juego. Así que lo mejor será dar un toque a Zellet y q nos lo aclaren.
Saludos!