Hoy he estado en la avenida de Asturias, y me han dado una información muy completa, y espero que correcta, la chica ha sido muy amable y clara, os cuento.
Nuestras viviendas, en la calificación provisional, y se confirmará en la definitiva imagino, es VPP, ni VPPL ni VPPB. Aunque ahora hay otra calificación, se nos respeta el hecho que sean VPP y las ayudas que tenemos son las mismas que las de VPPB salvo el cheque vivienda. Estas ayudas son si no superan los 90m cuadrados útiles y nos acogemos al préstamo cualificado. Sino se pierden.
Asimismo me ha dicho que si el préstaqmo cualificado está solicitado por la promotora, como creo que es el caso, están protegidas 30 años, nos subroguemos o no, con lo cual no pedir ayudas no nos quita años de descalificación.
Estas ayudas son:
1º- préstamo cualificado (el que nos da Cajasol, al 4.05% aprobado pro el consejo de ministros) si no se superan 58.797,38 euros de renta.
2º- ayuda de 7.000 euros si no se supera el 3,5 del IPREM que es 31.660,13 euros de renta (si no se supera el 2,5 del IPREM que es 22.614,38 es más cantidad, en la página de la comunidad creo que lo especifica)
3º- Una reducción durante los 5 primeros años de préstamo equivalente a 48 euros al año por cada 10.000 de préstamo(si no se supera el 2,5 del IPREM también es mayor cantidad)
Para calcular la renta hay que sumar las casillas 455 y 465 de la Declaración de la Renta. Asimismo hay que subrogarse en el préstamo cualificado por al menos el 60% del valor de la vivienda.
La renta hay que calcularla en total, si es una pareja, la suma de los dos, con estos mismos baremos, me ha dicho que a partir de 3 personas si cambian estos baremos, para dos no varían.
En la página de madrid.org/vivienda, en pestaña ayudas viene especificado.
Asimismo en la pestaña Gestiones on line, consulta de promociones, podemos encontrar como nuestra promoción está registrada y la calificación que tiene.
El plazo para pedir las ayudas es de 6 meses a partir de la calificación definitiva, nos tienen que dar una copia de la misma cuando se reciba, y con eso, y el contrato de adjudicación ,aunque no hayamos escriturado, podemos pedirla.
También he preguntado el tema de perder las ayudas si no escrituramos este año y me ha dicho que no tiene por qué, de hecho ya con la calificación definitiva lo podemos ir pidiendo así que espero que no influya. Yo ya me he
traido el impreso. Hay que ir a Avenida de Asturias nº 28.
Espero que la información que me han dado sea correcta.