Buenas tardes
vecin@s!. Hemos seguido todas las conversaciones hasta el momento y deciros que, por lo que nos han comentado unos chicos de Mas del Rosari que hace poco les han dado su vivienda (depués de 2 años), la contructora está obligada a pagar las altas de luz y agua tanto de la comunidad como de todas las viviendas.
Dicha ley es la siguiente por si alguien la quiere consultar:
LEY 44/2006 GENERAL DE CONSUMIDORES.
CLÁUSULA ADICIONAL 7 BIS, 17 BIS Y 22 BIS.
DICHA LEY PROVIENE DE LA ESTABLECIDA EN 1984
Y debemos asegurarnos que antes de habitar las viviendas dichos expedientes de agua y luz estén cerrados, ya que si no no hay calificación definitiva (a estos chicos les dijeron que sí y habitaron su vivienda sin agua, ni luz ni calificación).
Bueno, y como el que espera desespera, relajémonos y disfrutemos un poco de las vacaciones.
Saludos y hasta la próxima.