Buenas a todos:
Perdónpor el retraso, pero estoy de vacas.
Bichita, Joselulu y a cualquier otro que le pueda interesar, a continuación os transcribo copia de mi escrito por si alguien quiere unirse y enviarlo, recordad enviarlo certificado con acuse de recibo; no vaya a ser que nuestros amiguitos de la EMVS digan luego que no les ha llegado nada:
A LA EMPRESA MUNICIPAL DE LA VIVIENDA Y SUELO DE MADRID
Don/ Doña********, mayor de edad, identificado con DNI/NIF*******, , con domicilio a estos efectos en Madrid, Calle************,
Que por medio del presente escrito solicito la devolución de la cantidad cobrada indebidamente en el recibo del mes de Julio, en concreto el concepto de IVA 8% ( aqui poneis lo que abonais al mes)cuyo importe asciende a la cantidad de(el calculo que os de )€.
La presente reclamación se basa en los siguientes
HECHOS
PRIMERO.- Con fecha *******suscribí contrato de arrendamiento con opción de compra de la vivienda sita en la Calle El Boalo, número piso, puerta.
SEGUNDO.- En el citado contrato, estipulación********** € , concepto RENTA, no se hace alusión alguna a que dicha cantidad esta sujeta al IVA.
TERCERO.- Con fecha 2 de Julio de 2010, han procedido a retirar de mi cuenta, la renta de la vivienda, la parte proporcional a la Comunidad de Propietarios, y una cantidad correspondiente al IVA, calculado al 8% sobre la base imponible de 385,35.
CUARTO.- Se trata de una vivienda de protección oficial A estos hechos son de aplicación los siguientes :
FUNDAMENTOS DE DERECHO
INFRACCIÓN DE LA LEY 37/1992 DEL IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO
Al tratarse de una vivienda de promoción pública, en concreto se trata de una vivienda de protección oficial, según dispone la Ley 37/1992, sobre el Impuesto del valor añadido, en el art. 20 uno apartado 23b), dicha vivienda no esta sujeta a dicho impuesto.
Por todo lo expuesto,
SOLICITO AL CITADO ORGANISMO, que tenga por presentado el presente escrito, junto con el documento que se acompaña, se sirva admitirlo y de conformidad con lo expuesto en el mismo, proceda:
1- Devolver la cantidad cobrada indebidamente consistente en ( el calculo antes hecho)€.
2- Proceda a rectificar, y en los sucesivos recibos, no se proceda al cobro por dicho concepto.
3- Para el caso de que estimen aplicable la imposición del IVA, deberá ser al 4%, conforme establece el artículo 91. dos. 1 de la Ley 37/1992. Procediéndose a su rectificación y posterior devolución. (Esto es un riesgo ponerlo pero me parecio necesario)
En Madrid a de de 2010.
Espero os sea de alguna ayuda,cuantas mas se envien más fuerza haremos.
Un saludo,
vuestro vecino