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H
Himlestat
17/01/2011 13:39

Hola

Este ultimo caso es similar al mio, pero quiero una segunda opinión. (más que nada para relajar tensión)

 

- Entrega del piso en primer trimestre 2010 prorrogable 6 meses (nos ponemos en septiembre)

- Se ejecuta prorroga con justificaciones injustificables (lluvia en galicia, y problemas con la obra, pero surgidos antes de nuestra firma del contrato de compra venta)

- En el momento de entregar aval por las cantidades pagadas, la promotora nos exige firmar una prorroga extra hasta diciembre 2010. Como no firmamos prorroga, nos quedamos sin aval.

Estamos a finales de Enero y aún faltan papeles en el ayuntamiento. El banco que subrroga nos ha emitido certificado que afirma que carece de la documentación necesaria para subrrogar.

En su dia propusimos arreglo (pago diferencia iva + penalización a partir de diciembre) que rechazaron. Ahora queremos romper el contrato (se les avisó burofax) y tampoco quieren. Alegan que los pisos ya estan listos, que se puede firmar cuando se quiera.

¿Motivo de rescisión? No entregar aval. Y para más motivo, retraso en la entrega de la vivienda.

 

Ahora no estamos seguros de querer el piso, ya que estamos asustados por la evolución económica y nos han recalificado una finca familiar donde podriamos construir una casa.

Han perdido la oportunidad de atarnos por 3000 euros (la subida del iva + penalizaciones por retraso propuestas). Ahora no firmariamos nada por menos de 10.000 euros ( y subiendo cabreo y subiendo exigencias)

 

Gracias por el desahogo y por la opinión que faciliteis

 
CRITERIOABOGADOS
CRITERIOABOGADOS
17/01/2011 12:00

Buenos dias Comanda,

Tres son los aspectos que debes tener en cuenta, pues aunque parece sencillo, tu caso es muy "de detalle"´, pero no pinta mal:

1.- El retraso del que hablas, generalmente, es controvertido en la Jurisprudencia y por esto la Promotora habla de no incumplimiento. Intentará alegar causas de fuerza mayor o retraso relativo al que debes desde ya oponerte.

2.- De aquí que en caso de demandarte (quizás por nuestra experiencia, nosotros nos esperariamos, y te advertimos que es un sector en el que cualquier movimiento en falso te puede costar una condena en "costas", -respondemos así a tu pregunta- e incluso obligarte a escriturar con estos antecedentes....aunque parezca dificil ES ASÍ, ....por lo que las demandas deben ser muy sopesadas y analizadas desde un punto de vista muy especifico), la promotora considera que ganará el Juicio y te condenarán en costas.

3..- Es importante adoptar las medidas notariales oportunas llegado el momento de uqe te citen a escriturar, pero en ese momento ya deberá tenerse preparada la operativa o táctica Juridica a realizar, y actuar conforme a ella y sabiendo con el contrato ante el que nos enfrentamos y sus pormenores, plazos y retrasos reales, etc...Has de saber que es incipiente, pero existe ya,  Jurisprudencia que avala la resolución , sin necesidad de un excesivo retraso, y más cuando ya has ejecutado avales, y es por lo que te indicamos que "no pinta mal", pese a ser controvertida la situación y otra valoración es confundir la realidad.

Cualquier cuestión nos comentas.

Suerte y un cordial saludo

   

CRITERIO ABOGADOS
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C
COMANDA
15/01/2011 12:10

Hola a todos.Para TABSAR y/o Felipe Tasador/Criterioabogados. Os cuento mi caso;
1º) La obra no se entrega en la fecha fijada en el cv de vivienda y ejecuto extrajudicialmente avales que tenia. Recupero el dinero,excepto unas cantidades que no me avaló(placas solares y acondicionamiento de puerta).
2º)Al mes, de finalizado el plazo de entrega de vivienda, envié burofax a promotora solicitando la resolución de cv por incumplimientos(falta de aval y fundamentalmente por incumplimiento de fecha de entrega). Me reponden de que no se resuelven porque no hay incumplimiento de ellos. Mentira han pasado 2 meses y los que quedan todavia para que le den la LPO.
Mientras tanto he comprobado que en el cv hay clausulas abusivas, fraude y engaño. ¿Denunciar a consumo sería  una buena idea de cara a un posible juicio.?. Con estas clausulas abusivas, el engaño y fraude.. detectado en el contrato..¿seria interesante negociar porque tendría muchas posibilidades teniendo en cuenta que la promotora es poco solvente?. ¿Qué es mejor que demande yo judicialmente para resolver el cv y reclamarle las cantidades no avaladas ó me espero a que me llame para escriturar y entonces le suelto: que el contrato está resuelto por incumpliento suyo y me devuelva las cantidades no avaladas?. ¿Me puede obligar el promotor a firmarla escritura quedandome con la vivienda y encima pagar las costas del juicio?
¡Muchas gracias!

 
beny100
beny100
22/12/2010 12:43

Esta es la clausula novena que indica el tema de la resolucion, podré conseguir que se rescinda, aunque pierda dinero, sin que me obliguen a cumplirlo?:

NOVENA.- El incumplimiento por parte de EL COMPRADOR de las condiciones de este contrato, en especial la no asistencia a la firma de escrituras de compraventa en la fecha que sea citado para ello y/o la falta de pago a su vencimiento de alguna de las cantidades que integran el precio, o de las demás que sean a su cargo, facultarán a XXXXXXXXXXX, S.L. para pedir su cumplimiento o la resolución del mismo, de conformidad con lo establecido en los artículos 1.124 y 1.504 del Código Civil y el 11 de la Ley Hipotecaria.
En el supuesto de resolución, retendrá XXXXXXXXX, S.L. en conceptc de penalidad expresamente pactada por daños y perjuicios, con arreglo a lo establecido en el artículo 1.152 del Código Civil, el cincuenta por ciento de las cantidades abonadas hasta ese momento (indemnización que nunca podrá ser inferior al 10% del precio total de la compraventa).
Al fin indicado en el párrafo anterior, le bastará notificar al comprador su decisión de rescindir el contrato, pues, a la falta cumplimiento por parte del comprador, entre las que se destacan la no asistencia a la firma de las escrituras o falta de pago de las cantidades aplazadas, sin perjuicio de otros incumplimientos, que aquí se contempla, las partes le confieren el carácter de condición resolutoria expresa inscribible en el Registro de la Propiedad, debiendo desalojar la finca, si estuviese ocupada, en el término de veinte días, a partir de la fecha de requerimiento, corriendo todos los gastos que esto origina, así como los de resolución del contrato, por cuenta del COMPRADOR.
La penalidad pactada se incrementará en el 5% del valor total de la finca representado por el precio de la misma pactado en este contrato, por cada mes transcurrido desde que se ejercite por XXXXXXXXX, S.L. la condición resolutoria y hasta que judicial o extrajudicialmente quede resuelto el contrato y se devuelva la posesión de la finca a XXXXXXXX, S.L.
Con independencia de la resolución prevista, XXXXXXXXXXX, S.L. se reserva la facultad de exigir el cumplimiento del contrato, en cuyo caso se considerarán vencidas las cantidades que aún estén pendientes, pudiéndolas reclamar todas en su totalidad corriendo todos los gastos judiciales, extrajudiciales y bancarios, si las letras estuvieran descontadas, que por ello se origine, por cuenta del COMPRADOR.
El interés de demora de las cantidades vencidas hasta su pago será el 12% anual.
El incumplimiento por parte de EL VENDEDOR de fas condiciones de este contrato, en especial la no asistencia a la firma de escrituras de compraventa en la fecha que sea determinada para ello y/o la falta de entrega de la vivienda en el plazo pactado, o de las demás obligaciones que sean a su cargo, facultarán al comprador para pedir su cumplimiento o la resolución del mismo, de conformidad con lo establecido en los artículos 1.124 y 1.504 del Código Civil y el 11 de la Ley Hipotecaria
 

 
CRITERIOABOGADOS
CRITERIOABOGADOS
20/12/2010 14:00

CUIDADO!!!!!! No dejes letras sin pagar, JAMAS!!!!!!, lo demás podemos estudiarlo, pero eso sería un problema añadido. Debe estudiarse en prfundidad contrato y resto del devenir, pero intenta no dejar de pagar letras....

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beny100
beny100
20/12/2010 13:56

Buenas tardes,

 

  Pero entonces viendo el contrato de compraventa pueden comentarme algo más al respecto. Es que no veo normal que si no podemos pagar la ultima letra ni luego tener dos hipotecas simultaneas, nos obliguen a comprar. Lo lógico sería que tendremos que pagar la penalización, entiendo, por dejarles la casa "colgada".

 
CRITERIOABOGADOS
CRITERIOABOGADOS
20/12/2010 13:40

Buenos dias Beny100:

Efectivamente, hoy día, las promotoras, dado como esta el mercado y que no venden en los precios que vendieron (ni de cerca), tienden a exigir el cumplimiento forzoso. Esto es, tus circunstancias personales resultan ajenas al contrato en su día formalizado, salvo que un Juzgado determine lo contrarip. Efectivamente el Código Cilvil, en su regulación sobre las obligaciones, les faculta a ello, salvo incumplimiento previo por su parte.

Aspectos como los términos en que se encuentre redactado el contrato, el enfoque comercial de su propia empresa, y si los plazos, calidades y demás aspectos han sido cumplidos por ellos, son claves a la hora de determinar la exigibilidad de cumplimiento forzoso señalada en el contrato o no...Hay legislaciónes como las Forales, que han ido implementando novedades legislativas, para justificar por causa de fuerza mayor el incumplimiento por el comprador, aunque en otras regiones se está lejos de estos "brotes verdes" que ayudan a los compradores...

De no quedar mejor remedio, deberemos estudiar el contrato y todos los aspectos legales paralelos exigibles al promotor, forzar la negociación a niveles técnicos, NO COMERCIALES, pues el interés comercial dista de la realidad Juridica de la compañía y del contrato en algunas ocasiones....y los comerciales, en ocasiones, no conocen estos aspectos.

De no llegarse a un acuerdo y no poder afrontar la compra de una vivienda deberán barajarse las opciones Judiciales que dado el devenir habitual de las promotoras, ABUSIVO, pueden en ocasiones no reultar tan remotas a favor del comprador, qunque la negociación y un buen estudio previo de la situación es determinante.

A vuestra disposición, como siempre. Un cordial y navideño saludo.

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beny100
beny100
20/12/2010 10:05

Buenos días,

Nos metimos hace dos años en una promocion de claet adosados, hemos ido aportando las cantidades y solo queda la última letra de 24000 euros y luego vendría la firma de la escritura. El tema es que no vendemos el piso actual, ni bajando precio ni nada, y es imposible que podamos pagar esa letra y por tanto luego tendriamos que tener la hipoteca del piso que no vendemos ni la hipoteca (grande) del nuevo. Por tanto nos estamos planteando rescindir el contrato de compraventa, con lo que sería, supongo incumplimiento nuestro. Hemos aportado unos 36500 euros, y la clausula novena del contrato dice algo como que pueden exigir que cumplamos o pagar una indennización de un 10% del valor total de la vivienda (no se si con iva o sin iva, pero si fuera con iva podría ser unos 30000 euros). Lo que temo es que nos hagan de cumplir, eso qué significa? Porque si no podemos pagar, no podemos, CÓMO NOS VAN A HACER COMPRAR UNA VIVIENDA QUE NO PODEMOS PAGAR?
 

 
CRITERIOABOGADOS
CRITERIOABOGADOS
30/07/2010 19:48

No esnuestra intención discrepar de Leonor y de comentarios expuestos a tenor de este asunto, es mas coincidimos en gran medida en la siguiente cita:

Lo malo es que no es infrecuente que sólo se establezcan consecuencias negativas para el comprador que desiste, sin reciprocidad de ningún tipo para la promotora o en términos manifiestamente abusivos. Por ejemplo, si el incumplimiento faculta a la promotora para resolver el contrato con una penalización determinada, pero no dice nada de las consecuencias del impago cuando el que quiere resolver es el comprador. En estos casos, y llegado a las malas, mi opinión es que la exigencia de reciprocidad y la prohibición de cláusulas abusivas hará que, en caso de que el contrato faculte exclusivamente a la promotora para resolver el contrato por impago, el Juzgado te reconozca la misma facultad en condiciones similares de penalización si llegado el caso no puedes adquirir la vivienda.
 

Coincidimos en todo esto y parte de las argumentaciones sobre la negociación, la situación actual de las promotoras, la abusividad, etc..., en lo único que ciertamente no coincidimos es en la extrema dificultad con que se señala la situación del comprador frente al promotor, pues a nuestro juicio y , salvo mejor criterio, esto ya no es así.

Es imprescindible que el asesoramiento sea especifico a nivel inmobiliario, pues ciertamente la aplicación exclusiva de la resolución en base a la normativa civil es precaria y finalmente ineficaz, generando costes judiciales sin mayor atisbo de prosperar. Distinto es un enfoque relacionado con normativa relacionada con consumo, normativa especifica a nivel inmobiliario, tanto relacionada con la promotora, como con las entidades que garantizan las cantidades entregadas a cuenta, derecho administrativo en el caso de que a nivel administrativo o urbanistico existan desviaciones por parte de la administración, e incluso normativa Europea.

Nuestra experiencia nos dice, que las cantidades que las promotoras intentan mantener como indemnización son , casi siempre abusivas, lo que invalida el contrato de origen, aunque como muy bien señalan en comentarios señalados anteriormente, quien finalmente  ha de declarar esa abusividad es un juez y no un organismo publico.

Nosotros entendemos en vista de las sentencias obtenidas, que efectivamente es coherente negociar con la promotora, pero según las cuantías y los contratos, así como el devenir de la relación contractual e incumplimientos por una y otra parte - recordemos que la abusividad contractual en un contrato de este tipo ya constata un incumplimiento por parte del vendedor y ha de perseguirse de cara a recuperar las cantidades aportadas  o incluso negociar- son todos aspectos en la mayor parte de las ocasiones (hoy dia) a favor del comprador.

El porcentaje a nivel estadístico por nuestra experiencia es de un 85% de casos reclamables con buena fundamentación juridica, con lo que aquellos compradores con problemas a la hora de recuperar las cantidades o que la promotora quiera obligarles a la compra, deben de ser optimistas y no "venirse abajo" ante un aparente " gigante" que pueda resultar la promotora, pues la estadística dice que los compradores tienen un abanico de posibilidades, aunque , cierto es cada contrato ha de estudiarse detenidamente.

Un cordial saludo a todos y a vuestra disposición.

CRITERIO ABOGADOS
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LeonorA
LeonorA
29/07/2010 19:53

CRITERIOABOGADOS dijo:

Buenas tardes

Comentar a todos aquellos que pretendan resolver contratos por imposibilidad de pago, que son varios los bastiones que deben tenerse en cuenta en este tipo de situaciones:

a) Contrato y su posible abusividad

b) Cumplimiento contractual de cada una de las partes o incuplimientos susceptibles de resolución según estudio contractual, retrasos, otro tipo de incumplimiento, abusividad probada....

c) Imposbilidad probada financiera

d) Ausencia de acuerdo y cambio sobrevenido de circunstancias

Todo ello ha de estudiarse pormenorizadamente a la luz de la legislación vigente, e inclusive reclamando la devolución de cuantias en virtud de la LOE y relacionadas.

Recibid un cordial saludo
 

Si crees que se está incumpliendo nuestro aviso legal (spam, insultos, publicidad, etc...) te agradecemos que nos informes Email de respuesta Asunto Mensaje   procesando enviando...   

El mensaje se envió correctamente.
Muchas gracias  

 



 

Buenas,

Yo tengo un contrato de compraventa con un piso que no quiero porque he encontrado otro y la promotorano me deja resolverlo ni dejándoles todo lo pagado ni subrogando.

En el contrato pone que se quedan con el 30% en caso de rescisión, pero al parecer hay cláusulas interrelaciondas y de momento me obligan a comprar. ¿Pueden hacer eso? ¡Socorro!

Saludos

 
LeonorA
LeonorA
29/07/2010 19:45

Tabsar dijo:
Hola, butanito:

Sin ánimo de ser molesto, las respuestas que se den deben estar en función de cada uno de los contratos firmados. La mayoría de ellos están redactados por incompetentes y/o sinvergüenzas (con el debido respeto para aquellos profesionales que de verdad lo son), así que suelen repartir "palos" a mansalva.

A la pregunta de si pueden obligarte a comprar la vivienda, la respuesta es mucho más delicada de lo que suele decirse. Hay algún optimista que dice que es imposible y que su abogado ya ha ganado varios pleitos similares. Enhorabuena para el compañero, pero yo no vendería esa moto.

Lo normal, efectivamente, es que no te obliguen a comprar el piso si no lo puedes pagar, pero más por una cuestión de hecho que de Derecho, que depende de lo que diga el contrato y en su caso las leyes aplicables. Lo cierto es que el promotor normalmente tiene que pagar una hipoteca, y si no la compras él seguirá pagándola. Además, si no tiene liquidez, que es lo normal en estos tiempos, es lógico que no quiera devolver nada, incluso en contra de lo que diga el contrato, sabiendo que mucha gente no irá a juicio a reclamarle nada. Pero no es probable que exija la compra porque si no le puedes pagar él tampoco va a entregar la posesión con la escritura pública, y aunque tuvieras otros bienes (otra vivienda en espera de ser vendida, por ejemplo), eso no le resuelve el problema de liquidez y le lleva a un procedimiento judicial que puede ser largo y siempre es de dudoso resultado, y además tendría que hacerlo con todos los que renuncien, que como habrás visto por los foros están siendo legión, y no de la Española ni de la Francesa, sino Universal. Eso vale un dineral en abogados y procuradores, y eso es lo que la promotora hoy probablemente no tiene.

Mi opinión, sin haber visto tu contrato, es como siempre, que lo mejor es intentar negociar con la promotora ; lo normal es que el contrato establezca las consecuencias del incumplimiento, en particular del pago, y procurar atenerse a ellas incluso perdiendo dinero no es mala opción si se gana la seguridad no tener un problema jurídico mucho mayor después ("Más vale un mal acuerdo que un buen pleito"...)

Lo malo es que no es infrecuente que sólo se establezcan consecuencias negativas para el comprador que desiste, sin reciprocidad de ningún tipo para la promotora o en términos manifiestamente abusivos. Por ejemplo, si el incumplimiento faculta a la promotora para resolver el contrato con una penalización determinada, pero no dice nada de las consecuencias del impago cuando el que quiere resolver es el comprador. En estos casos, y llegado a las malas, mi opinión es que la exigencia de reciprocidad y la prohibición de cláusulas abusivas hará que, en caso de que el contrato faculte exclusivamente a la promotora para resolver el contrato por impago, el Juzgado te reconozca la misma facultad en condiciones similares de penalización si llegado el caso no puedes adquirir la vivienda.

Dicho esto, tampoco pienses que esto es automático, porque al final es un Juez el que dice si la cláusula es abusiva o si la reciprocidad exigible alcanza a entender que tú también tienes derecho a resolver el contrato con la penalización que corresponda. Si el contrato dice que es de compraventa y las cantidades entregadas son parte del precio, partes de una base desfavorable se mire como se mire, y aunque insisto, creo que por todo lo dicho (de hecho y de Derecho) no te obligarán a comprar, esta crisis se va a llevar por delante a muchos, muchas cosas de las que hasta ahora hemos visto y sobre todo va a traer muchas que hasta ahora no se habían visto. Espero equivocarme.

En resumen, negocia con la promotora, no des la callada por respuesta nunca y asesórate con un buen abogado.

Saludos,

P.D. Si el abogado te dice que no te preocupes, que SEGURO que no va a pasar nada, págale la consulta y vete a consultar a otro.

¡Qué razón tienes!

Yo tengo un abogado de esos que dices tú, pero aún así me preocupo.

Tengo un contrato de compraventa, escrito por gente muy lista, en el que el simple lector lee que si se renuncia, se quedan con un 30%. Pero  lo lee un abogado y ve claúsulas unidas, etc, por lo tanto, la libertad del comprador depende de lo que quiera la promotora. A través de mi abogado he propuesto que se queden con todo lo que he pagado, poder hacer una subrogación... y nada, me obligan a comprar el piso en virtud de ese contrato de compraventa.

Me parece abusivo. Estoy desesperada.

Saludos

 
CRITERIOABOGADOS
CRITERIOABOGADOS
20/07/2010 21:59

Buenas tardes

Comentar a todos aquellos que pretendan resolver contratos por imposibilidad de pago, que son varios los bastiones que deben tenerse en cuenta en este tipo de situaciones:

a) Contrato y su posible abusividad

b) Cumplimiento contractual de cada una de las partes o incuplimientos susceptibles de resolución según estudio contractual, retrasos, otro tipo de incumplimiento, abusividad probada....

c) Imposbilidad probada financiera

d) Ausencia de acuerdo y cambio sobrevenido de circunstancias

Todo ello ha de estudiarse pormenorizadamente a la luz de la legislación vigente, e inclusive reclamando la devolución de cuantias en virtud de la LOE y relacionadas.

Recibid un cordial saludo
 

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CRITERIOABOGADOS
CRITERIOABOGADOS
20/07/2010 21:58

Buenas tardes

Comentar a todos aquellos que pretendan resolver contratos por imposibilidad de pago, que son varios los bastiones que deben tenerse en cuenta en este tipo de situaciones:

a) Contrato y su posible abusividad

b) Cumplimiento contractual de cada una de las partes o incuplimientos susceptibles de resolución según estudio contractual, retrasos, otro tipo de incumplimiento, abusividad probada....

c) Imposbilidad probada financiera

d) Ausencia de acuerdo y cambio sobrevenido de circunstancias

Todo ello ha de estudiarse pormenorizadamente a la luz de la legislación vigente, e inclusive reclamando la devolución de cuantias en virtud de la LOE y relacionadas.

Recibid un cordial saludo

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U
upris
14/06/2010 19:37

por favor ponte en contacto conmigo porque necesito ayuda y ando algo perdido.tlf630434299 antimonchi@hotmail.com

aber si puedo ver algo de luz al final del tunel

 
U
upris
14/06/2010 19:13

hola buenas.

soy antonio de sevilla, estoy en una situacion parecida a la tuya y quisiera saber si lo has solucionado o  como te va porque estoy un poco agobiado.gracias

mi telefono es el 630434299 email antimonchi@hotmail.com

 
J
josecarras
13/02/2010 17:39
Hola, buenas tardes.
 Lo primero agradecer a quien me pueda contestar y a quien se tome la molestia de leer mi consulta.
 Les comento tengo una sociedad limitada que en los tiempos de bonanza adquirimos una vivienda nueva, pagamos los plazos correspondientes hasta entrega de llaves y a la hora de solicitar la subrrogación de la hipoteca nos la deniegan, hemos intentado en todos los bancos y no nos dan la hipoteca. Ahora no podemos escriturar y la constructora Vallehermoso no quiere rescindir el contrato. Alguna idea me podrían facilitar gracias.
 
S
Suerte10
17/11/2009 22:53
Hola a todos, estoy en una situación parecida

Firme un contrato de compraventa hace 2 años en el cual entiendo por lo leido aquí que tengo la siguiente clausula abusiva:

"La entrega tendra lugar dentro de los dos meses siguientes a la obtención de la licencia de primera ocupación de la edificación, que sera solicitada por la VENDEDORA una vez este terminada totalmente la obra (lo que se prevé para el primer tirmestre de 2009, con un margen de tolerancia de 120 días, y siempre salvo de los supuestos de fuerza mayor o de demora por causas no imputables a la VENDEDORA)".

A nosotros nos llamarón para escriturar el 29/07/2009 y obtuvierón la licencia de primera ocupación el dia 30/07/2009...logicamente con un burofax previo nos negamos a ir a firmar.
Con esto quiero decir que ellos se han cojido el primer trimestre enterito y los 120 dias de carencia, en los cuales Yo he tenido que prorrogar por 2 años mas mi contrato de alquiler, ya que no sabia nunca cuando se me iba a entregar mi vivienda.

Si quiero rescindir lo tengo que hacer Bilateralmente y ellos claro esta no quieren, amenazan con demandarme y exigirme el cumpliento forzoso del contrato.

Mi pregunta es, ¿Si demando Yo por Clausulas abusivas, que garantias tengo de que un juez así lo estime?.
Muchas gracias de antemano.
Saludos.


 
D
dulceli15
11/11/2009 23:51
 Hola , con la situación actual me gustaria saber si puedo rescindir el contrato, firmé en setiembre del 2007 donde dicen que el plazo sería 24 meses aproximadamente hasta el momento no me han comunicado oficialmente la demora ni el porque solo me llamaron para pedirme un pago.

ahora leyendo los foros veo que tampoco consta o me hayan entregado el aval bancario de las cantidades aportadas y también leo esta parte del contrato, que me parece es una clausula abusiva, se puede hacer algo pese a que lo firme, ignorando que ellos deben entregarme con su respectiva cedula de habitabilidad?

Una vez la vendedora hubiese realizado la escritura pública a favor del comprador, y efectuada la entrega de llaves, será de cargo y cuenta de éste
ultimo, la contratación de los servicios y suministros, las contribuciones e impuestos, así como los trámites que fueren precisos ante los organismos necesarios para la concesión de los permisos de habitabilidad a nombre del comprador..

Que puedo hacer? Gracias.
 
A
apofis3
26/10/2009 19:34
por favor, escribí hace algún tiempo el contrato de compraventa, he entregado 100000 euros a cuenta, pero no puedo comprar la vivienda, me han demandado y piden el cumplimiento del contrato o bien que se quedan los 100000 euros y quitan la demanda, POR FAVOR, no existe ninguna causa de fuerza mayor que me ampare para poder contestar la demanda, PARO, MINUSVALÍA, MI MADRE SE VIENE A VIVIR CON MI FAMILIA Y TIENE LAS DOS RODILLAS OPERADAS Y ES MINUSVÁLIDA, ETC, por favor si alguien sabe algo que me conteste, ya esta en manos de un abogado pero me dice que no puedo hacer nada,, que lo único que como me estan pidiendo las mejoras pero como no estan firmadas no me las pueden pedir y entonces no me perdiran las costas, GRACIAS
 
X
xavier30
23/10/2009 15:46
Hola.
Resolucion del compromiso de reserva.me gutaria si me podrias ayudar sobre este asunto. Te voy a escribir el compromiso de reserva.Reunidos: Datos de ambos partes, construcciones xxx y mis datoS:EXPONEN:A) CONSTRUCCIONES xxX es propietario de un solar sito en xxx; en fase de realizacion de proyecto de construccion denominana promocion xx.B) Que actualmente se ha realizado el proyecto de dicha promocion , solicitandose al mismo tiempo las licencias correspondientes a los organismos competentes en esta materia..C) Conociendo el expositivo A y B aludido,y siendo de su interes realizar la reserva preparatoria de vivienda.ESTIPULACIONES:PRIMERA: CONSTRUCCIONES XX , una vez obtenga los permisos pertinentes por los organisms competentes para dicha construccion , se compromete a hacerlo saber a mi que me obliga a coocerlo y a realizar el contrato de compraventa..SEGUNDA. El cotrato de compraventa se realizara a requerimiento del vndedor,teniendo los compradores un plazo maximo de 15 dias para realizarlo..TERCERA: El precio alzado por el que se realizara la compraventa , sefija en la cantidad 186.313EUROS.CUARTA: EL comprador entrega como señal de reserva la cantidad de 6000 euros.QUINTA) El vendedor se compromete a la devolucion de las cantidades integras percibidas si por causas de fuerza ajenas a su conocimiento o cualquier otra causa, desde la firma de esta reserva no se han podido llevar a cabo para su destino , no generandose derecho a percibir intereses u otros incrementos por las cantidades entregadas por el comprador.SEXTA: La parte vendedora queda facultada para poder efectuar las modificaciones que sean necesarias de acuerdo con la dirreccion tecnica de la obra.SEPTIM A: Las partes, haciendo renuncia expesa a sus fueros propios , acuerdan someter cuantas divergencias pudieran surgir por motivo de la interpretacion y cumplimiento del presente documento, a los juzgados y tribunales de la ciudad...FIN.¿Que tipo de documento se trata?Te voy a explicar un poco:- EN JULIO DE 2005 FIRMO EL COMPROMISO DE RESERVA, Y ENTREGO 6000 EUROS.EL PROMOTOR QUERIA MAS DINERO , PERO EN NEGRO Y YO ENTREGUE 21000 EUROS POR TRANSFERENCIA , MENSUALMENTE DESDE AGOSTO DE 2005 HASTA DICIEMBRE DE 2007. EXPLICANDO EN LA TRANFERENCIA QUE IBA PARA DICHA PROMOTORA Y AL NUMERO DE VIVIENDA ASIGNADA.ESE DINERO ENTREGUE SIN FIRMAR NADA ,NO ME LO PEDIA EN ESCRITO EN EL COMPROMISO DE RESERVA..EN JULIO DE 2008 LE MANDA MI ABOGADO UN BUROFAX RESOLVIENDO EL COMPROMISO, EL NO ACEPTA .SE LE ENVIA UN REQUERIMIENTO NOTARIAL POR LA ESTIPULACION PRIMERA, YA QUE FIRMO EL COMPROMISO DE RESERVA EN JULIO DE 2005 Y A QUE A LA CONSTRUCTORA LE DIERON LA LICENCIA EN NOVIEMBRE DE 2005, Y EN JULIO DE 2008 TODAVIA NO HABIAMOS FIRMADO EL CONTRATO DE COMPRAVENTA.RESOLVIENDO DICHO COMPROMISO DE RESERVA. eL CONSTRUCTOR RESPONDE QUE SI ESTABA INFORMADO PORQUE YO HE IDO ESTANDO ENTREGANDO MAS DINERO, 21000 EUROS.MI ABOGADO LE PIDE POR BUROFAX EL AVAL BANCARIO , NO LE RESPONDE.A MI NO SE ME HA ENTREGADO NI MEMORIA NI PLANOS NI SIQUIERA LO HE FIRMADO, NADA MAS EL COMPROMISO DE RESERVA.EN MARZO DE 2009 ME MANDA BUROFAZ PARA ESCRITURAR Y MI ABOGADO LE MANDA OTRO.EN SEPTIEMBRE DE 2009 HAY UNA CONCILIACION , NO HAY ACUERDO, EL PROPONE QUE ME DEVUELVE EL DINERO PERO CUANDO VENDA LA VIVIENDA O YO LE BUSQUE UN TERCERO, Y QUE NO PONE FECHA NINGUNA , ME DA LARGAS.QUE PUEDO HACER AHORA , SE QUE HA SIDO MUY LARGO , ALGUIEN ME PUEDE DAR UNA OPINION SE LO AGRADECERIA MUCHO. ¿ Como ves el asunto si fuera a juicio?O otra solucion , gracias
 
X
xavier30
20/10/2009 17:25










Hola felipe tasador: ALGUIEN ME PUEDE ACONSEJAR Y DAR SU OPINION SE LO AGRADECERIA MUCHO.

me gutaria si me podrias ayudar sobre este asunto. Te voy a escribir el compromiso de reserva.

Reunidos: Datos de ambos partes, construcciones xxx y mis datoS:

EXPONEN:
A) CONSTRUCCIONES xxX ES PROPIETARIO DE UN SOLAR SITO xx, EN FASE DE REALIZACION DE PROYECTO DE CONSTRUCCION , DENOMINADA PROMOCION DE 47 VIVIENDAS, EN EL TERMINO MUNICIPAL DE XX.
B) QUE ACTUALMENTE SE HA REALIZADO EL PROYECTO DE DICHA PROMOCION,SOLICITANDOSE AL MISMO TIEMPO LAS LICENCIAS CORRESPONDIENTES A LOS ORGANISMOS COMPETENTES DE ESTA MATERIA.
C) CONOCIENDO QUE YO EL EXPOSITIVO A Y B, ALUDIDO , Y IENDO POR SU INTERES REALZAR LA RESERVA DE LA VIVIENDA SOBRE LOCAL , SEGUN PROYECTO, ACUERDA SUSCRIBIR LA PRESENTE RESERVA PREPARATORIA DE VIVIENDA SOBRE LOCAL EN PROYECTO DE CONSTRUCCION EL CUAL SE REGIRA POR LAS SIGUIENTES.

ESTIPULACIONES:

PRIMERA: CONSTRUCCIONES XX , UNA VEZ OBTENGA LOS PERMISOS PERTINENTES POR LOS ORGANISMOS COMPETENTES PARA DICHA CONSTRUCCION , SE COMPROMETE A HACERLO SABER A MI QUE SE OBLIGA A CONOCERLO Y A REALIZAR EL CONTRATO DE COMPRAVENTA.
SEGUNDA. EL CONTRATO DE COMPRAVENTA SE REALIZA A REQUERIMIENTO DEL VENDEDOR , TENIENDO LOS COMPRADORES UN PLAZO MAXIMO DE 15 DIAS DIAS PARA REALIZARLO.
TERCERA: EL PRECIO ALZADO POR EL QUE SE REALIZARÁ LA COMPRAVENTA , SE FIJA POR 186313EUROS.
CUARTA: EL COMPRADOR ENTRAGA COMO SEÑAL DE RESERVA LA CANTIDAD DE 6000 EUROS.
QUINTA: EL VENDEDOR SE COMPROMETE A LA DEVOLUCION DE LAS CANTIDADES INTEGRAS PERCIBIDAS SI POR CAUSA DE FUERZA AJENAS A SU CONOCIMIENTO O CUALQUIER OTRA CAUSA , DESDE LA FIRMA DE ESTA RESERVA NO SE HAN PODIDO LLEVAR A CABO PARA SU DESTINO , NO GENERANDOSE DERECHO A PERCIBIR INTERESES UU OTROS INCREMENTOS POR LAS CANTIDADES ENTREGADAS POR EL COMPRADOR.
SEXTA: LA PARTE VENDEDORA QUEDA FACULTADA PARA PODER EFECTUAR LAS MODIFICACIONES QUE SEAN NECESARIAS DE ACUERDO CON LA DIRRECCION TECNICA DE LA OBRA.
SEPTIM A: LAS PARTES , HACIENDO RENUNCIA EXPRESA A SUS FUEROS PROPIOS , ACUERDAM SOMETER CUANTAS DIVERGENCIAS PUDIERAN SURGIR POR MOTIVO DE LAS INTERPRETACION Y CUMPLIMIENTO DEL PRESENTE DOCUMENTO , A LOS JUZGADOS Y TRIBUNALES. AMBAS PARTES ,EN PRUEBA DE CONFORMIDAD CON CUANTOS ATECEDE , FIRMAN ELPRESENTE DOCUMENTO QUE SE EXTIENDE POR DUPLICADO Y A UN SOLO EFECTO , EN EL LUGAR Y FECHA DE ENCABEZAMIENTO.


YA NO HAY MAS. LO PASOS QUE HE SEGUIDO SON.
- EN JULIO DE 2005 FIRMO EL COMPROMISO DE RESERVA, Y ENTREGO 6000 EUROS.
EL PROMOTOR QUERIA MAS DINERO , PERO EN NEGRO Y YO ENTREGUE 21000 EUROS POR TRANSFERENCIA , MENSUALMNTE DESDE AGOSTO DE 2005 HASTA DICIEMBRE DE 2007. EXPLICANDO EN LA TRANFERENCIA QUE IBA PARA DICHA PROMOTORA Y AL NUMERO DE VIVIENDA ASIGNADA.
ESE DINERO ENTREGUE SIN FIRMAR NADA , COMO ERA CONOCIDO...
EN JULIO DE 2008 LE MANDA MI ABOGADO UN BUROFAX RESOLVIENDO EL COMPROMISO, EL NO ACEPTA .
SE LE ENVIA UN REQUERIMIENTO NOTARIAL POR LA ESTIPULACION PRIMERA, YA QUE FIRMO EL COMPROMISO DE RESERVA EN JULIO DE 2005Y A QUE A LA CONSTRUCTORA LE DIERON LA LICENCIA EN NOVIEMBRE DE 2005, Y EN JULIO DE 2008 TODAVIA NO HABIAMOS FIRMADO EL CONTRATO DE COMPRAVENTA.
RESOLVIENDO DICHO COMPROMISO DE RESERVA. eL CONSTRUCTOR RESPONDE QUE SI ESTABA INFORMADO PORQUE YO HE IDO ESTANDO ENTREGANDO MAS DINERO, 21000 EUROS.
MI ABOGADO LE PIDE POR BUROFAX EL AVAL BANCARIO , NO LE RESPONDE.
A MI NO SE ME HA ENTREGADO NI MEMORIA NI PLANOS NI SIQUIERA LO HE FIRMADO, NADA MAS EL COMPROMISO DE RESERVA.
EN MARZO DE 2009 ME MANDA BUROFAZ PARA ESCRITURAR Y MI ABOGADO LE MANDA OTRO.
EN SEPTIEMBRE DE 2009 HAY UNA CONCILIACION , NO HAY ACUERDO, EL PROPONE QUE ME DEVUELVE EL DINERO PERO CUANDO VENDA LA VIVIENDA O YO LE BUSQUE UN TERCERO, Y QUE NO PONE FECHA NINGUNA .
QUE PUEDO HACER AHORA , SE QUE HA SIDO MUY LARGO , ALGUIEN ME PUEDE DAR UNA OPINION SE LO AGRADECERIA MUCHO.



 
X
xavier30
20/10/2009 16:57
Hola tabsar: ALGUIEN ME PUEDE ACONSEJAR Y DAR SU OPINION SE LO AGRADECERIA MUCHO.

me gutaria si me podrias ayudar sobre este asunto. Te voy a escribir el compromiso de reserva.

Reunidos: Datos de ambos partes, construcciones xxx y mis datoS:

EXPONEN:
A) CONSTRUCCIONES xxX ES PROPIETARIO DE UN SOLAR SITO xx, EN FASE DE REALIZACION DE PROYECTO DE CONSTRUCCION , DENOMINADA PROMOCION DE 47 VIVIENDAS, EN EL TERMINO MUNICIPAL DE XX.
B) QUE ACTUALMENTE SE HA REALIZADO EL PROYECTO DE DICHA PROMOCION,SOLICITANDOSE AL MISMO TIEMPO LAS LICENCIAS CORRESPONDIENTES A LOS ORGANISMOS COMPETENTES DE ESTA MATERIA.
C) CONOCIENDO QUE YO EL EXPOSITIVO A Y B, ALUDIDO , Y IENDO POR SU INTERES REALZAR LA RESERVA DE LA VIVIENDA SOBRE LOCAL , SEGUN PROYECTO, ACUERDA SUSCRIBIR LA PRESENTE RESERVA PREPARATORIA DE VIVIENDA SOBRE LOCAL EN PROYECTO DE CONSTRUCCION EL CUAL SE REGIRA POR LAS SIGUIENTES.

ESTIPULACIONES:

PRIMERA: CONSTRUCCIONES XX , UNA VEZ OBTENGA LOS PERMISOS PERTINENTES POR LOS ORGANISMOS COMPETENTES PARA DICHA CONSTRUCCION , SE COMPROMETE A HACERLO SABER A MI QUE SE OBLIGA A CONOCERLO Y A REALIZAR EL CONTRATO DE COMPRAVENTA.
SEGUNDA. EL CONTRATO DE COMPRAVENTA SE REALIZA A REQUERIMIENTO DEL VENDEDOR , TENIENDO LOS COMPRADORES UN PLAZO MAXIMO DE 15 DIAS DIAS PARA REALIZARLO.
TERCERA: EL PRECIO ALZADO POR EL QUE SE REALIZARÁ LA COMPRAVENTA , SE FIJA POR 186313EUROS.
CUARTA: EL COMPRADOR ENTRAGA COMO SEÑAL DE RESERVA LA CANTIDAD DE 6000 EUROS.
QUINTA: EL VENDEDOR SE COMPROMETE A LA DEVOLUCION DE LAS CANTIDADES INTEGRAS PERCIBIDAS SI POR CAUSA DE FUERZA AJENAS A SU CONOCIMIENTO O CUALQUIER OTRA CAUSA , DESDE LA FIRMA DE ESTA RESERVA NO SE HAN PODIDO LLEVAR A CABO PARA SU DESTINO , NO GENERANDOSE DERECHO A PERCIBIR INTERESES UU OTROS INCREMENTOS POR LAS CANTIDADES ENTREGADAS POR EL COMPRADOR.
SEXTA: LA PARTE VENDEDORA QUEDA FACULTADA PARA PODER EFECTUAR LAS MODIFICACIONES QUE SEAN NECESARIAS DE ACUERDO CON LA DIRRECCION TECNICA DE LA OBRA.
SEPTIM A: LAS PARTES , HACIENDO RENUNCIA EXPRESA A SUS FUEROS PROPIOS , ACUERDAM SOMETER CUANTAS DIVERGENCIAS PUDIERAN SURGIR POR MOTIVO DE LAS INTERPRETACION Y CUMPLIMIENTO DEL PRESENTE DOCUMENTO , A LOS JUZGADOS Y TRIBUNALES. AMBAS PARTES ,EN PRUEBA DE CONFORMIDAD CON CUANTOS ATECEDE , FIRMAN ELPRESENTE DOCUMENTO QUE SE EXTIENDE POR DUPLICADO Y A UN SOLO EFECTO , EN EL LUGAR Y FECHA DE ENCABEZAMIENTO.


YA NO HAY MAS. LO PASOS QUE HE SEGUIDO SON.
- EN JULIO DE 2005 FIRMO EL COMPROMISO DE RESERVA, Y ENTREGO 6000 EUROS.
EL PROMOTOR QUERIA MAS DINERO , PERO EN NEGRO Y YO ENTREGUE 21000 EUROS POR TRANSFERENCIA , MENSUALMNTE DESDE AGOSTO DE 2005 HASTA DICIEMBRE DE 2007. EXPLICANDO EN LA TRANFERENCIA QUE IBA PARA DICHA PROMOTORA Y AL NUMERO DE VIVIENDA ASIGNADA.
ESE DINERO ENTREGUE SIN FIRMAR NADA , COMO ERA CONOCIDO...
EN JULIO DE 2008 LE MANDA MI ABOGADO UN BUROFAX RESOLVIENDO EL COMPROMISO, EL NO ACEPTA .
SE LE ENVIA UN REQUERIMIENTO NOTARIAL POR LA ESTIPULACION PRIMERA, YA QUE FIRMO EL COMPROMISO DE RESERVA EN JULIO DE 2005Y A QUE A LA CONSTRUCTORA LE DIERON LA LICENCIA EN NOVIEMBRE DE 2005, Y EN JULIO DE 2008 TODAVIA NO HABIAMOS FIRMADO EL CONTRATO DE COMPRAVENTA.
RESOLVIENDO DICHO COMPROMISO DE RESERVA. eL CONSTRUCTOR RESPONDE QUE SI ESTABA INFORMADO PORQUE YO HE IDO ESTANDO ENTREGANDO MAS DINERO, 21000 EUROS.
MI ABOGADO LE PIDE POR BUROFAX EL AVAL BANCARIO , NO LE RESPONDE.
A MI NO SE ME HA ENTREGADO NI MEMORIA NI PLANOS NI SIQUIERA LO HE FIRMADO, NADA MAS EL COMPROMISO DE RESERVA.
EN SEPTIEMBRE DE 2009 HAY UNA CONCILIACION , NO HAY ACUERDO, EL PROPONE QUE ME DEVUELVE EL DINERO PERO CUANDO VENDA LA VIVIENDA O YO LE BUSQUE UN TERCERO, Y QUE NO PONE FECHA NINGUNA .
QUE PUEDO HACER AHORA , SE QUE HA SIDO MUY LARGO , ALGUIEN ME PUEDE DAR UNA OPINION SE LO AGRADECERIA MUCHO.
 
T
tievansa
14/10/2009 16:25
Hola Felipe Tasador,
Lo primero es agradadecerte tu respuesta, el piso ya esta a la venta y lo estamos intentando vender perdiendo aunque sea la mitad del dinero pero nada que no hay manera....
La empresa no se pronuncia para nada, y cuando hablamos con el vendedor hemos intentado que ofrezca nuestro piso, pero dicen que ellos no pueden hacer eso, así que todo es un lio....
Al final tendremos que perder nuestro dinero, si es que eso nos dejan hacerlo.
Un saludo y muchas gracias a todos los que colaborais en este foro.
 
F
Felipe Tasador
13/10/2009 18:52
Hola Trapiconsa:

Lo que te quise decir en el anterior post it, es que depende de lo que haga la promotora  en cuanto a la infracción urbanística del voladizo (Balcon), tu tendras dos salidas algo posibles y distintas, pero depende de como actuen ellos ( Si derriban lo que se exceda del 60%, o no lo derriban quedando el edificio en situación de fuera de ordenación)

. Por eso te dije que comentes mi anterior pos it con tu abogado, para que el opine de como se debe de proceder.

Yo en mi opinión me esperaría a verlos venir, y con respecto a lo que hagan o no hagan actuar, es una opinión personal.

Un saludo y buena suerte 
 
T
trapiconsa
11/10/2009 21:26
muchas gracias Felipe Tasador

decirte que el trastero cambia de ubicacion y ahora es mas grande por que el ayuntamiento les obligo a ello segun la ordenacion de urbanismo del ayuntamiento pues no cumplian con las normas.

la plaza de garaje ahora esta ubicada en otra posicion y ahora la columna que estaba junto a la linea de la plaza de garage que delimita las de al lado no esta pues la ordenacion de urbanismo les obliga a ello no pudiendo ninguna columna estar dentro del limite de las plazas de garage.

siempre les mande burofax con certificacion de contenido y acuse de recibo para que me comunicaran los cambios por escrito cosa que ellos siempre se niegan.

ante las comunicaciones de la comunidad de madrid de consumo nunca dicen que no existen las modificaciones si no que se limitan a decir que continuan con el contrato.

ante el furofax con certificacion de contenido y acuse de recibo que les mande exigiendole la devolucion del dinero entregado se niegan a ello y su contestacion por medio de otro burofax es que continuan con el contrato.

entonces si lo pongo en manos de abogado tendre derecho a recuperar el dinero y derecho a rescindir el contrato y desvincularme de ellos  y olvidar a esta promotora??
 
F
Felipe Tasador
11/10/2009 20:19
Hola Trapiconsa:

Si el Ayuntamiento les abre expediente de infracción urbanistica por sobrepasar el 60 % de la longitud del vuelo permitido, el edificio quedará calificado en situación de fuera de ordenación y por tanto la Ley del suelo les obliga a reponerrlo a su situación de legalidad es decir al derribo de la infracción es decir al derribo del voladizo sobrepado del 60&. Todo ello aparte de la sanción correspondiente que es muy alta. El pago de la sanción nunca constituye que se haya legalizado sigue siendo ilegal

Si derribaran el balcon sobrepasado volveria a estar dentro de ordenación urbanistica, pero si tu te quedas sin balcón puede ser un cambio importante en tu plano firmado en el contrato, ya que tu no hubieras comprado nunca un piso sin balcon.

En el caso de que no lo tiraran tu no tienes obligación de escriturar (Te podrias negar) ya que el edificio estaría en situación de fuera de ordenación y por tanto es ilegal, y no podría el Ayuntamiento concederla la licencia de primera ocupación pues este incurriría en ilegalidad.

En cuanto a las modificaciones en el trastero y plaza de garaje no citas cuales son. No sé si son para mejorar o empeorar

Te aconsejo vayas a un buen abogado y no des pasos solo.

Un saludo y buena suerte
 
T
trapiconsa
11/10/2009 01:32
buenas a todos, queria hacer una consulta

yo firme un contrato de conpraventa de una vivienda sobre plano en el 2007 y en el contrato figura que la licencia de obra estaba por conseguirla, la tuvieron en junio de 2008. En noviembre de 2008 me llaman para que me presente en la caseta de ventas y que firmara unos planos nuevos pues la vivienda tenia modificaciones en la terraza, en el trastero y en la plaza de garage. Me negue y les mande burofax reclamandoles que me dieran las modificaciones por escrito pues siempre se han negado en darmelas si no las firmo antes, pues aprovecharia esas modificaciones para rescindir el contrato pues hay una clausula en el que me ampara para hacerlo.

Ante la negativa de ellos, hago reclamacion a consumo de la comunidad de madrid. A estos siempre les contestan que ellos continuan con el contrato y que cumpliran con el, pero nunca dicen que no hay modificaciones.

En el recurso de consumo ante la respuesta primera contestan lo mismo que cumpliran con el contrato y que lo unico que reconocen es un cambio en el trastero que ahora es mas grande y que al cliente no le repercuten en el precio.

Me persono en urbanismo del ayuntamiento, compro las copias de los planos del proyecto original presentados por la constructora y visados para la licencia de obra y si aparecen las modificaciones.

Inclusive el aparejador del ayuntamiento me da copia de las ordenanzas de urbanismo y las normas aprovadas en pleno de no poder construir balcones y terrazas que sobresalgan de la fachada y no pueden superar el 60% de la longitud total de la fachada.

Ante las denuncias a consumo de la comunidad de madrid, la constructora opta por construir toda la terraza y pongo denuncia en urbanismo del ayuntamiento y lo mandan a disciplinaria para que abra diligencias contra la constructora.

mi pregunta:

como hago para que esta gente de una vez por todas me devuelva las cantidades que llevo aportadas, ademas viendo que le han dado largas a todos los departamentos de consumo hasta que me han cobrado todas las letras.

es factible que yo tenga la razon y esta gente tenga la obligacion de devolverme las cantidades aportadas ya que si existen esos cambios que ellos dicen que no existen de palabra pero que nunca me lo dan por escrito.

les mande burofax pidiendoles que me devuelvan las cantidades pero tambien hacen caso omiso

gracias de antemano y haber si me podeis ayudar

un saludo a todos

 
F
Felipe Tasador
10/10/2009 20:11
tievansa dijo:

Hola a todos!
Tengo unas cuantas dudas, me gustaría que si alguien sabe como podemos afrontar este tema nos de algunas pistas.
Nosotros compromos un piso de un dormitorio en Mayo del 2008 y ya estan listos para entregar. La empresa ha cumplido con el contrato ; pero nosotros no podemos escriturar.
Esto se lo comunicamos a la empresa en Mayo del 2009 mediante un burofax, dónde les informamos de que queriamos causar baja en la promoción. Todos los vecinos han escriturado(porque la fecha de entrega era en Septiembre del 2009.
Hasta la fecha no hemos recibido respuesta alguna de la empresa, hemos hablado con ellos, varias veces para intentar que nos digan que va a pasar,pero no dicen nada.Ellos no quieren resolver el contrato, por que no quieren devolver el dinero; pero tampoco nos han citado para escriturar y tampoco tienen intención de llavarnos a juicio...(cosa que a nosotros nos perjudicaría seguro)
Qué podemos hacer?
qué consecuencias puede tener para nosotros esto?
Hasta cuando podemos estar así?

Muchas gracias por vuestra ayuda!




Hola Tievansa:

En primer lugar yo de tí me quedaría quieto ya que en tu caso lo tienes mal según cuentas, pues en caso de llevarte a juicio ellos tu lo perderias, ya que ellos han cumplido y tu no. Yo esperaría a que ellos muevan ficha y ver sus cartas aunque tu tienes pocas o ninguna.

Yo de tí lo pondría en venta aunque sea perdiendo algo y me esperaría a que la situación mejore.

Ellos quizas esten buscando un nuevo comprador solvente para tu piso, lo cual sería de agradecer.

Otra opción que puedes planteales es que pierdas lo entregado paro que no te obliguen a escriturar, con lo cual acabarias tu pesadilla.

No obstante pienso que ellos no iran a juicio y esperar dos años o mas (como estan los juzgados ahora con estos temas) pagando intereses y lo que mas les interesa es encontrar un nuevo comprador.

Un saludo y buena suerte 
 
T
tievansa
07/10/2009 12:55
Hola a todos!
Tengo unas cuantas dudas, me gustaría que si alguien sabe como podemos afrontar este tema nos de algunas pistas.
Nosotros compromos un piso de un dormitorio en Mayo del 2008 y ya estan listos para entregar. La empresa ha cumplido con el contrato ; pero nosotros no podemos escriturar.
Esto se lo comunicamos a la empresa en Mayo del 2009 mediante un burofax, dónde les informamos de que queriamos causar baja en la promoción. Todos los vecinos han escriturado(porque la fecha de entrega era en Septiembre del 2009.
Hasta la fecha no hemos recibido respuesta alguna de la empresa, hemos hablado con ellos, varias veces para intentar que nos digan que va a pasar,pero no dicen nada.Ellos no quieren resolver el contrato, por que no quieren devolver el dinero; pero tampoco nos han citado para escriturar y tampoco tienen intención de llavarnos a juicio...(cosa que a nosotros nos perjudicaría seguro)
Qué podemos hacer?
qué consecuencias puede tener para nosotros esto?
Hasta cuando podemos estar así?

Muchas gracias por vuestra ayuda!

 
C
celiam83
28/09/2009 18:17
Muchas gracias por tu respuesta FSMP, yo tambien lo he consultado en la OCU y me han respondido algo parecido, como la rescision no esta contemplada en la mayoria de los contratos, tiene que ser por mutua acuerdo de las partes, y obviamente no estan por la labor, asi que no se puede hacer nada, a pagar!

Logronesa, un abogado te cuesta entre un 10 y un 12% de las cantidades que recuperes más el procurador, calcula, porque hay veces que no compensa el sufrimiento....
 
L
logronesa
28/09/2009 12:53
Hola a todos, me incorporo a este foro que me parece muy interesante.
Por favor, podríais hacer llegar la sentencia donde un juez obliga a escriturar.?
y otra cuestión ¿por cuanto puede salis un juicio en primera instancia?. Estoy valorando todas la posibilidades y quisiera saber por cuanto puede salir abogado + procurador
 
F
FSMP
28/09/2009 11:09
Mi abogado lo intuia por sentencias anteriores similares de este Juez. La constructora esta ganando todos los Juicios. Yo resido ahora fuera de España por lo que no puedo comprarme el piso.

Saludos.-
 
F
FSMP
28/09/2009 10:12
celiam83 dijo:

Muchas gracias por la información, ellos no han incumplido contrato en nada, están en plazo, lo único que veo es la reciprocidad de la penalización por incumplimiento, yo quiero rescidir porque llevo 8 meses en paro y obviamente no me van a conceder la hipoteca, puede ser este motivo (paro) causa justificada o de peso frente a una situación judicial?
Gracias



Hola Celia.

En mi caso, el Juez ha dicho que no es motivo ni estar en desempleo ni que no consigas la hipoteca. Es de locos. Da la razon a Construcciones Andia y se quedan con mis 50.000 euros que he ido dando y me tengo que comprar el piso.

Saludos.-
 
F
FSMP
28/09/2009 10:04
Buenos dias.

Gracias por contestar. La sentencia salio este viernes y no es la primera que este Juez dicta en esta linea (dando la razon a la Constructora). En cuanto me facilite el abogado la sentencia os la facilito, pero viene a decir que desestima mi demanda de
contrato abusivo por no reciprocidad de la clausula de rescision.

Saludos.-
 
F
FSMP
25/09/2009 18:03

Buenas tardes.

En mi caso la promotora no me admite acogerme a la clausula de rescision del contrato de compra venta y me ha llevado a juicio, dandoles la razon el juez.. Para el juez no es motivo ni estar en el paro ni que los Bancos no te den la hipoteca. Tienes que comprarte la casa.

 

Saludos.-

 

 

 
G
gatuman
23/09/2009 15:27
gracias de nuevo felipe por la respuesta, mi fase en este caso que fue la segunda si tiene licencia de primera ocupacion pero toda la urbanizacion son cuatro fases y la ultima ni la han construido ni creo que la construyan segun esta el tema inmobiliario, el problema que tambien han dejado de construir la piscina que sería de uso de las cuatro fases yo si que puedo habitar mi vivienda, pero tambien en mi contrato aparecen una serie de zonas comunes que yo entiedo que he comprado con mi vivienda, y entiendo que la piscina es una de ellas, el problema es que si no se construye la cuarta fase tampoco se construira la piscina y considero que es un elemento importante en el que yo tengo un porcentaje de participacion , gracias de cualquier modo por la aclaracion
 
C
celiam83
22/09/2009 16:35
Muchas gracias por la información, ellos no han incumplido contrato en nada, están en plazo, lo único que veo es la reciprocidad de la penalización por incumplimiento, yo quiero rescidir porque llevo 8 meses en paro y obviamente no me van a conceder la hipoteca, puede ser este motivo (paro) causa justificada o de peso frente a una situación judicial?
Gracias
 
F
Felipe Tasador
21/09/2009 21:05
vanessayangel dijo:

Buenos dias, soy nueva en vuestra saccion, pero en la web llevo un tiempo dada de alta en la promocion las Villas de pioz.
Bueno he leido que ejerces la abogacia y necesito ayuda referente a las baja de un contrato de compra venta.Me gustaria en la medida de lo posible que me pudieras ayudar.
No se como expresar por escrito un certificado de la denegacion del prestamo hipotecario a la entidad financiera de CCM, me podrias ayudar¿?
Mi nombre es vanesa.
Gracias


Hola Vanesa:

No he entendido bien tu pregunta, yo interpreto que lo que deseas es como redactar una solicitud de que tu entidad financiera te certifique que te deniegan el prestamo.

Si es así es muy sencillo poner tus datos personales, con la identificación de quien es la promotora que te ha vendido el inmueble, así como el numero de la finca registral que figura en la escritura de obra nueva y división horizontal (Pidele este numero a la promotora, tienen que facilitartelo).

Y a continuación SOLICITO que se me expida certificado por esa entidad de la aprobación o denegación del prestamo solicitado del inmueble referenciado anteriormente.

Bueno siento los retrasos en contestar a todos, pero he estado de vacaciones, espero ponerme al día en contestar en la medida de mis posibilidades

Un saludo a todos
 
F
Felipe Tasador
21/09/2009 20:54
gatuman dijo:

Hola a  todos especialmente esta es una pregunta de nuevo para Felipe tasador o cualquiera que pueda ayudarme, desde casi hace un año deberia haber firmado la escritura de una vivienda pero no pudo ser por falta de financiacion, la promotora pretende llevarme al juzgado para forzarme a firmar la escritura, ellos mas o menos acabaron la vivienda en plazo, con un poco de retraso pero esto no parece ser suficiente para rescindir un contrato, el problema viene porque la urbanizacion tiene cuatro fases con sus correspondientes zonas comunes, pues bien debido a la situacion actual, la constructora se ha llevado las gruas y ha dejado sin construir la ultima fase y  parte de las zonas comunes alegando que hasta que no venda todo lo que tiene construido no terminará la urbanizacion, evidentemente el valor de las viviendas va a quedar muy perjudicado, en el contrato simplemente dice la fecha de finalizacion de las viviendas pero en cuanto a las zonas comunes dice que se podran usar cuando este terminada toda la urbanizacion pero sin poner fecha definitiva, el no poner una fecha de terminacion de las zonas comunes puede ser causa de rescisión de contrato o al menos una buena defensa en caso de un hipotetico juicio, muchas gracias por sus respuestas.


Hola Gatuman:

Lo mas importante es que preguntes en tu Ayuntamiento si tienen la Licencia de primera ocupación ( Antes Cedula de hahitabilidad), si el Ayuntamiento se la ha concedido es porque la urbanización era por fases y no era necesario el acabar las siguientes fases, ya que no es necesario acabar esas para acceder y disfrutar de los servicios minimos como zonas comunes obligatorias, agua, electricidad, sanamiento( Alcantarillado), telefonia o telecomunicaciones y etc...........todos los servicios minimos

Lo que no puede ser es que las zonas comunes de tu fase no esten terminadas, pues son necesarias para cumplir el objetivo de tu inmueble que es poder ocuparlo sin dificultades.

Tienes en contra lo que se dice en el contrato de: " las zonas comunes se podran usar cuando este terminada toda la urbanizacion ", pero claro está siempre que no impida el uso normal de tus accesos al inmueble  

Un saludo
 
F
Felipe Tasador
21/09/2009 20:42
celiam83 dijo:

Hola a todos, me temo que somos muchos los que nos encontramos en esta situacion y mi consulta es la siguiente:
Compre una vivienda hace 1 año y escrituro en diciembre pero desde hace mas de 9 meses me encuentro en el paro, he enviado un escrito a la promotora con mi situacion solicitando la rescision del contrato y me penalizan con 1/3 de las cantidades entregadas. Esta cifra aparece en el contrato en casos de impago, sin imbargo no aparece indemnizacion en caso de que ellos se retrasen en la entrega, puedo recurrir a que es una clausula abusiva? que otras opciones tengo?
Muchas gracias de antemano y un saludo
Animo ;)


Hola Celiam:

En primer lugar si no existe una clausula donde se diga que en caso de incumplimiento de ellos se penalizará en las mismas condiciones es decir perdiendo ellos 1/3, esto sería clausula abusiva por justa CAUSA DE RECIPROCIDAD, es decir la indemnización tiene que ser la misma por ser tu un consumidor

No conozco en que te basas para rescindir el contrato y en que han incumplido ellos, si ellos no han incumplido en nada, debes de ponerte en manos de un buen abogado, (que mire minuciosamente tu contrato y busque incumplimientos de ellos o faltas de calidad, o unidades de obra que no se hayan ejecutado) lo que si es claro que sería abusiva, según cuentas, pero ello quizas no te dé derecho a rescindir unilateralmente, siempre que ellos no hayan incumplido en nada.

Te insisto vé a un abogado con la copia de tu contrato

Un saludo y buena suerte
 

Fin del hilo
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