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Oscar
Oscar
09/07/2004 09:51

Liquidación

3.991 lecturas | 44 respuestas
Este mensaje es para los vecinos que van a ´lo de la liquidación´ :

Contarnos ¡¡ TODO !!.

Gracias
 
K
Krysia
16/07/2004 00:15
A NUBE:

el único seguro que es obligatorio por ley cuando formalizas una hipoteca es el Seguro de Incendios. Normalmente lo que se hace es completarlo con un Seguro de Hogar "para todos los conceptos", no únicamente por incendios. Puedes contratarlo con la compañía que sea, lo único es que en el mismo tiene que figurar como beneficiario la Entidad acreedora del préstamo, es decir, en este caso, la "cesión de derechos" (se dice así) iría a favor de Caja Madrid. Normalmente en el Informe de Tasación ya te indica incluso cuál es el importe mínimo para valorar el continente (lo que es la casa en sí, sin muebles)en el seguro. La única condición es que la fecha de efecto de la contratación debiera ser la misma que el día de la firma de escrituras, y si lo haces con otra compañía, debes presentar una copia de la póliza a Caja Madrid. Esto puede parecer una tontería, pero si os leéis una escritura de hipoteca el carecer del Seguro de incendios puede suponer la resolución del contrato por parte del Banco.

El seguro de vida es opcional, pero es bastante recomendable tenerlo, porque desgraciadamente, nunca podemos prever las cosas... no os quiero contar algún caso que he visto de gente que le ha "salvado" su situación económica el tenerlo después del 11-M... Pensar que si sois dos y no lo hacéis, si falta uno el otro tendría que asumir toda la deuda. Pero va en gustos.

A Lucas G:

yo tampoco entiendo muy bien lo que te contestan la verdad, lo que sí te puedo decir es que las certificaciones de obra es lo que le van dando a la promotora / constructora (ignoro cuál es el órgano que lo concede y supervisa, si ayuntamiento, Colegio de Aparejadores, ...) según el grado de avance de las obras, porque cuando un Banco concede un préstamo promotor no desembolsa toda la cantidad de una vez, sino que se establecen desembolsos, por ejemplo: 25% grado de avance X cantidad, 65%, Y, y así sucesivamente y la parte que tienen de justificarlo es mediante las Certificaciones de Obra.

Por lo que yo entiendo: lo que te contestan es que sólo sería incorrecto que te cobren el IVA de los intereses de aplazamiento cuando se ha efectuado la entrega de los bienes, pero mientras existan las Certificaciones de obra (es decir, mientras esté en construcción) te lo pueden repercutir. Es lo que yo entiendo.

Si alguien está más informado, y si habéis conseguido leer el mensaje hasta el final (porque menudo rollo) que me corrija, por favor.

Un saludo a tod@s.
 
N
NUBE
15/07/2004 15:43
He pedido el documento de las escrituras a la notaría para ir con todo bien leido mañana.
me han mandado un documento, que es igual para todos, y tiene los huecos para rellenar de cada uno, que me ha dicho el de la notaria un tal NIko que eso se rellena allí en el momento delante de nosotros.
Lo acabo de mandar al webmaster.

Porfa para los que ya han escriturado ¿cuando tiempo a durado la cosa?

 
L
Lucas G
15/07/2004 14:39
Hola a tod@s

Escribi a la asesoria de la OCU para que me explicaran si los gastos financieros llevaban IVA o no, yo lo he leido y no lo termino de comprender a ver si vosotros

"Con relación a su consulta, conforme a la consulta tributaria de la Dirección General de Tributos nº 2101-01 del 28/11/2001 establece en un caso parecido al suyo en el cual se establece que en base al artículo 78 de la Ley del IVA los intereses por el aplazamiento en el pago del precio no forman parte de la base imponible en el caso de que dicho aplazamiento corresponda a un período posterior a la entrega de los bienes.
Sin embargo, y según su caso, en el supuesto de expediciones de certificaciones de obra, según dicha consulta, que se realiza a la consultante no implican la entrega de la obra por lo que se deduce que los intereses por aplazamiento en el pago de las mismas que se devenguen desde su expedición hasta el momento en que se produzca dicha entrega han de formar parte de la base imponible del IVA correspondiente a dicha entrega. Así de esta forma sería correcto si dichos intereses se han cobrado por certificaciones de obra antes de la entrega de la construcción que se les cargue IVA."

Alguien sabe exactamente a que se refiere con lo de las certificaciones.

Un saludo y gracias.
 
A
Anais GC
15/07/2004 09:19
No es raro que concedan este tipo de préstamos a todos, ya que en las viviendas vendidas sobre plano es habitual que sea la promotora la que negocia previamente las hipotecas, de modo que la subrogación es prácticamente automática, a no ser con situaciones financieras muy malas.
Por lo menos eso me explicaron a mí cuando firmé el contrato, en el año 2000, que fui al banco. Me dijeron que la gente a la que no conceden préstamos para comprarse un piso de segunda mano recurre muchas veces a estos modos de compra porque es más fácil que te concedan la hipoteca.
Saludos
 
C
Coral
14/07/2004 23:16
Cuando estuvimos en CM y se habló del tema de los seguros, quedamos en que ibamos a mirar el de hogar por nuestra cuenta, pero nos dijo Angel que lo tuvieramos para el día de la firma.

 
N
notebarf
14/07/2004 18:42
muy buenas.
yo soy del portal 3 y todavia no me han avisado los de CJM para nada , suponiendo que es uno de los siguientes portales, ya deverian haber dicho algo,¿o no?

SALU2
 
H
Hendrix
14/07/2004 17:55
Hola a todos,

Me parece extraño que un banco conceda los prestamos sin ningun tipo de garantia. Es raro que han concedido ¡Todos los prestamos!
Me da que la entrega no va a ser tan inminente y que pasa algo que no sabemos, porque ningun banco va por la vida regalando dinero si no esta muy seguro de lo que hace.
Yo estoy en paro, y mi mujer tambien ... ¿me concederan el prestamo? uy, uy, uy ... huele mal el tema este.
Espero equivocarme
 
T
torrance
14/07/2004 10:38
Yo tambien hable con este hombre hace un tiempo y me dijo lo mismo. Con el tema de los seguros me paso algo similar y les dije que el de vida me negaba que ya tenia uno que me hizo mi empresa, lo tenian anotado como que podia poner en este seguro a ellos como beneficiarios... pero vamos yo tampoco he firmado nada!!! y lo mejor, todavia no tengo cuenta con CJM, la cancelé hace años!!! no se como piensan pasarme los recibos...

Quizas lo mejor sea abrir la cuenta y hacerse el longui... si cuela, te haces el seguro con quien te apetezca y ya está!!
 
N
NUBE
14/07/2004 10:27
Jo, yo lo flipo.
Desde marzo que fuí a Caja Madrid, no he vuelto a tener ninguna notica de ellos.
Cuando estuve en DAE el lunes, pregunté por le tema de la hipoteca, y me dijeron que ellos no sabían nada que eso lo teníamos que hablar CJM, pues bien llamo esta mañana y me dice un tal Angel Sanfrutos que es que no necesitaban ponerse en contacto con nosotros para nada por que está concedida, que simplemente han dado la autorización a DAE y nada más, le he preguntado mil veces si no teníamos que firmar o concretar o hacer algo y me ha dicho, no , tu no te preocupes, dentro de un mes te llegará la primera letra y punto..!!!

Pero... yo no firmé los dos seguros que me decían de vida y de hogar!!!! me opuse en el momento y me dijeron en tono amenazante,... "bueno tu verás si no lo firmas no se concederá"!! pues bien me la han concedido sin firmar ninguno de los dos seguros.!!! alucinante!!! no entiendo nada!!! se supone que el de vida no es obligatorio, pero el de hogar si no???mmm

Entonces si no me han dicho nada es que me lo puedo sacar yo con quien me de la gana??? alguien sabe algo de este tema???

gracias
 
T
torrance
14/07/2004 08:33
Estaba buscando en los mensajes de la primera fase acerca de su liquidación, y he encontrado el artículo que comenta miguel angel de hacienda sobre el IVA de los Gastos Financieros. Y haciendo las cuentas en casa, para ir preparados, efectivamente en el papel que nos dieron no incluye el 7% de la cantidad total indicada.


TÍTULO V BASE IMPONIBLE.

CAPÍTULO I - Entregas de bienes y prestaciones de servicios.

Artículo 78.- Base imponible. Regla general.

Uno. La base imponible del Impuesto estará constituída por el importe total de la contraprestación de las operaciones sujetas al mismo procedente del destinatario o de terceras personas.

Dos. En particular, se incluyen en el concepto de contraprestación:

1º)Los gastos de comisiones, portes y transporte, seguros, primas por prestaciones anticipadas y cualquier otro crédito efectivo a favor de quien realice la entrega o preste el servicio, derivado de la prestación principal o de las accesorias a la misma.

No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, no se incluirán en la contraprestación los intereses por el aplazamiento en el pago del precio en la parte en que dicho aplazamiento corresponda a un período posterior a la entrega de los bienes o la prestación de los servicios.

A efectos de lo previsto en el párrafo anterior sólo tendrán la consideración de intereses las retribuciones de las operaciones financieras de aplazamiento o demora en el pago del precio,exentas del impuesto en virtud de lo dispuesto en el artículo 20, apartado 1, número 18º. letra c), de esta Ley que se haga constar separadamente en la factura emitida por el sujeto pasivo.

En ningún caso se considerará interés la parte de la contraprestación que exceda del usualmente aplicado en el mercado para similares operaciones.



Artículo 20, apartado uno, número 18º, letra c)

La concesión de créditos y préstamos en dinero, cualquiera que sea la forma en que se instrumente, incluso mediante efectos financieros o títulos de otra naturaleza.



INTERESES (LIVA art. 78.dos.1ª redacc L 23/1994)

En relación con este concepto, que debe entenderse incluido dentro de la expresión ³cualquier crédito efectivo², hay que distinguir dos posibilidades:

a) Quedan incluidos en la base imponible del IVA correspondiente cuando se produzca cualquiera de las siguientes circunstancias:
- que corresponda a un período anterior a la realización de las operaciones. Este momento se determina aplicando las reglas contenidas en la LIVA art. 75, uno (nº 1200 s.) ;
- cuando no constituyan la retribución de operaciones financieras de aplazamiento o demora en el pago del precio, exentas del IVA de acuerdo con LIVA art.20.uno.18.c) ;
- cuando los mismos no se especifiquen separadamente en factura ;
- cuando excedan del tipo de mercado aplicable, por el exceso correspondiente.

b) Por el contrario, no forman parte de la base imponible los intereses cuando concurran todas y cada una de las circunstancias siguientes:
- que correspondan a un período posterior a la realización de las operaciones ;
- cuando constituyan la retribución de operaciones financieras de aplazamiento o demora en el pago del precio, exentas según LIVA art.20.uno.18.c) (nº 970) ;
- que los mismos se especifiquen separadamente en factura ;
- que no excedan del tipo de mercado aplicable.

Precisiones
3) En las certificaciones de obra, que determinen la realización de pagos anticipados anteriores a la puesta de la obra a disposición del cliente, y respecto de las cuales se hubiera producido una demora o aplazamiento en el pago de las mismas, los intereses que, en su caso, se adicionen a su importe, formarán parte de la base imponible, por corresponder a un período anterior a la realización de las operaciones citadas.
 
N
NUBE
13/07/2004 17:14
Pues desgraciamente creo que si que es así, estamos todos tan desesperados por tener la casa que ya nos da lo mismo todo, nosotros personalmente el parquet estaba bien excepto algún arañazo en el distribuidor.. pero vamos ahora ya estoy deseando verlo, por que la verdad somos de los primeros que lo vimos y ahora dudo si es que no nos fijamos bien, por que despues de ver todos vuestros comentarios...... no se ya os contaré, pero vamos aparentemente no me pareció mal (ojalá sea así cuando me fije mas)
y bueno la verdad es que pueden mas la ganas de tenerla que los desperfectos.
Pero de todas formas todos mis amigos que se han comprado casa ha pasado eso, en arreglar desperfectos tardan mucho, así que no desesperar"!!!!
De hecho nosotros tenemos 2 años para ver mas desperfectos que no estén reflejados en lo que firmamos el día que fuímos a verlo....así que no desesperéis.
Me da a mi que hasta no entregar todas no arreglarán nada tal y como he comentado antes...
 
G
GANDARIA
13/07/2004 16:49
Nube, en el tema del arreglo de los desperfectos, en concreto en el desagradable tema del pésimo estado del parquet ( al menos del de mi casa ), están "jugando" de nuevo con el tema de que la gente tenemos urgencia en entrar a vivir en las casas, con lo cual necesitas empezar a meter muebles a toda prisa en la casa. Finalmente, cuando la casa esté llena de muebles, y suponiendo que algún día DAE se digne a venir a arreglar el estado del parquet ( acuchillado, lijado, barnizado,... ), será un follón de impresión. Solución práctica y lo que creo que desafortunadamente va a pasar ( y ellos lo saben ): que cada vecino por su cuenta ( cada uno lo pagará de su bolsillo ) y riesgo arreglará el parquet de su casa.
De nuevo, espero que la entrega de todas las casas de todos los portales se acelere y todos estemos en nuestras casas pronto, que ya nos lo merecemos.
Saludos.
 
N
NUBE
13/07/2004 16:18
A nosotros no nos hicieron firmar nada, lo que si nos hicieron hacer es decidirnos si hacerlo con esa notaria o no por que tenían que tener preparado los papeles, pero no firmamos nada.

Respecto a los defectos nos dijo que no han hecho nada, pero que no nos preocupemos que lo hacen estando allí, de hecho nos dijeron que el día d ela notaria nos entregarían una llave, por que solo hay dos llaves y la otra la tienen los que arreglan los desperfectos, que si no avisas o das orden de que te devuelvan la llave pueden entrar y salir de tu casa para arreglos cuando quieran.
Pero vamos que les puedes pedir la llave y que cuando tengan que ir te avisen y tu les abres.
me dijo la chica que realmente con todo el tema de desperfectos no creen que hagan nada hasta que no estén los demás bloques terminados, que ahora su prioridad es poder entregar el resto y luego ya arreglos.
 
T
torrance
13/07/2004 14:09
Al final va a ser que si tienen veto!!! :-(
 
Oscar
Oscar
13/07/2004 14:06
Siiiiiii, por lo menos nosotros. Claro que lo nuestro se retrasara por culpa de no querer la hipoteca con CM.

Lo del parquet no es un defecto con la entidad suficiente como para impedir la recepción de la vivienda, quiero decir, que con el parquet ´mal´ se puede vivir en el piso.
 
P
pz378
13/07/2004 14:00
Cualquier acto ilegal se puede denunciar ante la administración o ante los tribunales. Y en cualquier caso decirselo a ellos, y no se si al notario que unas de sus funciones es la verificar que se cumple la legalidad
 
J
jesus
13/07/2004 14:00
Estoy hecho un lio con los gastos que tendremos a la hora de escriturar. Podria alguien decirme exactamente cuales son los gastos(segun DAE)?
gracias
 
T
torrance
13/07/2004 13:53
La plusvalía la tiene que pagar el vendedor, pero como nos la han endosado en el contrato... a joderse toca!!!

Según he leido por ahí al contrario de el tema de gastos de cancelación que es clausula abusiva, aquí no podemos hacer mucho.... aunque si alguien sabe algo mas que lo diga!!

Por cierto, faltan muchos del portal 4 por ver la liquidación???
 
P
pz378
13/07/2004 13:46
Según mi contrato (estipulación 15) la vivienda solo se podrá entregar si los defectos observados, (en la visita anterior a la entrega) no son de entidad suficiente como para impedir la recepción de la vivienda, trastero y plaza de garaje.

Yo entiendo que se debe considerar de entidad suficiente cuando los mismos te impiden habitar vivienda por los problemas que te ocasionan. Y como parece que de forma generalizada el parquet está mal, y que es posible que se tenga que barnizar de nuevo, lo cual te impide amueblar e irte a vivir, creo que no se debería firmar la escritura hasta que se de soluciones a este tipo de deficiencias, y en cualquier caso hacer constar en la notaria que no se cumple dicho punto del contrato, además de que conste que no se puede utilizar la plaza de garaje y supongo que el trastero al estar en zonas comunes.

Por otra parte la plusvalía del ayuntamiento es un impuesto que tiene que pagar el vendedor, y nos están traspasando un gasto que no nos corresponde.

Pregunta: ¿ Los que ya tienen cita con el notario han firmado algún documento o acta de conformidad en la que se diga que no existen defectos de consideración en la vivienda?.
¿ Habéis firmado algo de los seguros de vida o del hogar?
 
L
Lucas G
12/07/2004 16:52
Hola a tod@s

¿No os parece un poco caro 360 Euros por el IAJD?, si de verdad es un 0,2% la casa valdria 180.000 Euros, o es que quizas tambien tiene algun gasto de gestión

Un saludo
 
N
NUBE
12/07/2004 16:38
Según los datos que me han dado a mi los gasto son:
Si lo haces por tu cuenta:
Factura notaria:0
Actos jurídicos Documentados: 360
Inscripción registro propiedad:0
HOnorarios de gestión: 36
IVA: 5,76
Autoliquidación plus valia ayuntamiento madrid: 285,90
HOnorarios plus valia:36,06
iva: 5,77

Si lo haces con ellos:
Factura notaria:475
Actos jurídicos Documentados: 360
Inscripción registro propiedad:285,90
HOnorarios de gestión: 150,25
IVA: 24,04
Autoliquidación plus valia ayuntamiento madrid: 285,90
HOnorarios plus valia:36,06
iva: 5,77

Ségún la chica de DAE lo único que te ahorras es la diferencia entre las dos cantidades de Honorarios de gestión por que el resto de las cantidades son las que te cobran si vas tu a hacerlo por tu parte igualmente, es dicir por todo el lío una diferencia de 150,25 - 36
Ahí cada uno que vea si le merece la pena o no



 
xavi
xavi
12/07/2004 16:30
Por cierto, los han ido hoy a DAE, para que dia os han citado en la notaría para escriturar???
 
xavi
xavi
12/07/2004 16:25
Lucas, el tema de la notaría que según la Ley que hay colgada en descargas es de nueve mil y pico pelas, hay que tomarlo como un mínimo, porque además de las escrituras, te cobrarán por otros conceptod, como el de solicitud de información al registro, asiento de presentación por fax, 2 copias autorizadas en vez de una, exceso de folios... Total, que al final nos meterán unas 40.000 pelas (bastante menos que si no se aplicase esa Ley que entonces serían unas 120.000 pelas).
 
N
NUBE
12/07/2004 16:15
He estado esta mañana en DAE os cuento todo poco a poco

Bueno lo primero he preguntado por el resto de pisos y me ha dicho que la semana que viene va el técnico y que al igual que pasó con los otros tres portales, esperan que les den la autorización. Si es así, que ellos creen casi 100% que si, se irían enseñando el resto de los portales durante este mes y el mes de agosto, pero como dice que hay mucha gente de vacaciones supone que al final la cosa se alargará y tienen calculado que estarán todas las casas entregadas a mediados de septiembre.
Lo siento no se deciros en que orden van a ir!!

Respecto a los bloques 4, 5 y 6
1. me han citado el viernes para ya escriturar y entrega de llaves
2. No sabe si funcionan ya los ascensores, dice que “espera que si”
3. No sabe si nos podrán dar los garajes, cree que no, que va todo junto
4. El tema de los arreglos de los desperfectos, dice que no han hecho nada, que no nos preocupemos que los irán haciendo estando allí
5. Nos han pedido que llevemos a la notaria nuestro DNI, los avales que tengamos y el dinero.... ahora os explico
6. Te dan la opción de que elijas ese notario o hacerlo por tu parte, pero realmente la diferencia son 125 € que no merece la pena por que el curro que lleva y las colas y tiempo, al final no te compensa, pero vamos ellos te dan la opción si quieres. En total son 1.600 € más o menos.....
7. Ahora bien lo bueno el dinero.
- Resulta que hay que pagas doscientos y pico euros de previsión de fondos de constitución de la junta de vecinos, junta que no se hará hasta que no se hayan entregado todos los pisos. Habrá un representante por portal y luego ya el presidente de la comunidad
- Les ha surgido un gasto no previsible (“según ellos claro”) y es que resulta que 3 o 4 cantidades que entregamos como gastos o intereses (aparecen en el contrato sin IVA a diferencia de las otras cantidades) ahora resulta que hacienda les ha dicho que les tienen que cobrar el IVA por que si se considera parte de la vivienda, por lo que ahora te lo cobran, es decir el 7% de la cantidad entregada en concepto de gastos de intereses, en nuestro caso son una mil setecientos euros.
- Pues bien estas dos cantidades te las descuentan de lo que ha resultado salir de más en la hipoteca. Es decir que el día de la firma tu llevas un cheque o bien el dinero en efectivo de los mil seiscientos y pico euros de notaria, escritura.... y ellos te dan un cheque bancario con esa cantidad (es decir, lo que salía de más de la hipoteca menos el gasto de la comunidad, menos el iva de las cantidades entregadas como gastos de intereses. ) dependiendo de cada casa la cantidad será diferente, a mi en mi caso me sale que me tienen que dar un cheque de 6.800 €
Bueno creo que esto es todo por ahora, si tenéis alguna duda ya sabéis donde encontrarme

Saludos a todos y bueno espero que el rollo que os acabo de soltar sirva de algo...
 
L
Lucas G
12/07/2004 15:34
Hola a tod@s

Ahora mismo me siento perdido, yo creo que cuando voy a pedir asesoria tienen apuntado mi nombre y me dan informacion falsa. He vuelto a preguntar a la economista de la oficina de ayuda de vivienda del Ayuntamiento para que me explique lo de los gastos financieros, ya os contare, y por otra parte no habiamos quedado que los gastos de notario y registrador serian por todos los conceptos unos 120 Euros, por el tema de aranceles unicos. Menos mal que el IAJD si me dijeron que era el 0,2% porque sino creeria que he pedido gastos de compra-venta de otro pais.

Un saludo
 
S
sys
12/07/2004 14:35
OK, muchas gracias Xavi.
 
xavi
xavi
12/07/2004 14:30
Los honorarios de la gestoría serán unas 30.000 pelas de las de antes, todo lo que sea mas sería una pasada.

El notario cobrará unas 40.000 pelas, el registro unas 30.000 pelas, el impuesto, por lo menos en mi caso que es de menos de 90 m2 útiles, es el 0.2% de AAJJDD del precio de escrituración.
 
S
sys
12/07/2004 14:27
Yo soy un profano en estos líos pero lo de 1600 ó 800 euros me parece una pasada. ¿En realidad alguien me puede decir cuánto cobra la gestoría por sus gestiones? Porque me imagino que esas cantidades incluyen la parte de impuestos o registros varios...
 
N
niagara
12/07/2004 14:25
Perdonad, son 230€ de la constitución de la comunidad
 
N
niagara
12/07/2004 14:24
Hola a todos!! Os cuento: A los 1000 y pico € a que se refieren los del 2ºB es porque hemos tenido que pagar el 7% del IVA de los intereses de los gastos financieros porque resulta que sí llevan IVA. Pero eso ya nos lo han descontado del dinero que nos tienen que devolver. Ah, y también han descontado 2030@ de la constitución de la comunidad.

Dinero que hay que llevar el día de la gestoría:

a) 1622,92€- Si quieres que te tramiten todo ellos (Factura Notaría, Actos jurídicos documentados, Inscripción Registro Propiedad, Honorarios de gestión, 16% de IVA, Autoliquidación Plus Valía Ayuntamiento de Madrid, Honorarios Plus Valía, 16%IVA)

b) 729€ - Si solo es lo de los Actos Jurídicos, Honorarios de gestión, 16% IVA, la Autoliquidación de Plus Valía, los honorarios de la Plus Valía y el IVA)
 
M
MIGUEL ANGEL
12/07/2004 14:15
HOLA A TODOS SOMOS DE LA PRIMERA FASE, LO DEL IVA EFECTIVAMENTE SON DE LOS GASTOS FINANCIEROS, EL AÑO PASADO ME FUI CON MI PADRE UNA MAÑANA A HACIENDA ANTES DE FIRMAR ESCRITURAS Y ESTUVIERON COMPROBANDO Y NOS ENSEÑARON EL ART, DONDE EFECTIVAMENTE DEVENGAN IVA, PERO NO ME ACUERDO CUAL. Y LAS DEMÁS CANTIDADES ES PARA PAGO DE NOTARIO, ESCRITURAS Y REGISTROS Y DEMÁS. PARA CONSTITUIR LA SOCIEDAD NOS QUITARON 150€, PERO VEO BIEN QUE VOSOSTROS APORTÉIS MÁS, ES MEJOR ASÍ PORQUE NOSOTROS ESTAMOS MAL DE PELAS Y SE HA PEDIDO UNA DERRAMA 120€ POR VECINO.
ESO, SI PREGUNTAR SI LO DE ACTOS JURÍCOS DOCUMENTADOS ESTÁ, PQ A NOSOTROS NOS DIJERON QUE ESTÁBAMOS EXENTOS Y FINALMENTE NO ES ASÍ POR LOS METROS, YO NO SE QUE LÍO Y NOS VINO Y LO HEMOS TENIDO QUE PAGAR.
FINALMENTE, SUPONGO QUE OS PONDRÁN A LA MISMA GESTORA QUE NOSOTROS, DESHACEROS DE ELLA CUANTO ANTES, NOSOTROS MUY MAL CON ELLA, Y OTRAS COMUNIDADES DE ALREDEDOR TAMBIÉN LA ECHARON, SÓLO DECIROS QUE DE 66 VECINIOS QUE BAJARON A LA DESTITUCIÓN, 51 A FAVOR Y EL RESTO EN CONTRA, MUCHOS VECINOS TODAVÍA SIGUEN CON PROBLEMAS DESDE EL PRINCIPIO, PQ NO LO HA GESTIONADO BIEN, MUCHAS COSAS SE HAN ARREGLADO EN CUANTO ELLA HA DEJADO DE ESTAR AQUÍ, QUE CASUALIDAD, VERDAD.
BUENO, SÓLO DAROS LA BIENVENIDA A TODOS LO QUE VAIS A ENTRAR PRONTO A FORMAR PARTE DE ALTOMADRID,ESPECIALMENTE A Mª CARMEN Y TONY. A LOS QUE TARDARÁN UN POCO MÁS ¡¡¡ ÁNIMO !!!, QUE SE PASA PRONTO Y SI DAROS CUENTA YA ESTAREIS EN VUESTRO PISO.
SALUDOS
 
D
dvdap
12/07/2004 12:32
Buenas a todos ;

Yo tengo que ir firmar las escrituras el Miercoles y he perdido uno de los avales. He llamado a DAE y me han dicho que no pasa nada que ya me lo cancelan ellos.

Saludos
 
A
Anais GC
12/07/2004 12:26
Supongo que serán los avales que nos ha entregado DAE, bueno, PIK POBEDY, en concepto de las cantidades entregadas a cuenta. Una vez que escrituremos hay que devolver los avales, ya que su única función es recuperar el dinero entregado si no se produce la entrega del piso.
Un saludo
 
A
angelitoxx
12/07/2004 11:52
Hola a los del SEGUNDO B:
¿A qué avales te refieres que hay que llevar a la firma del notario?
 
L
Lucas G
12/07/2004 11:37
Hola a tod@s

A mi aseguraron y perjuraron que los gastos financieros no tenian IVA, cuando pregunte si eran legales me dijo que si aunque eran una burrada segun ella pero que solo faltaria que tuvieran IVA. Asi pues no tengo ni idea de los gastos de los que se estan hablando, y por otra parte ¿este aprovisionamiento de dinero no lo podrian coger de la liquidacion en si y no pedirnos nada?

Un saludo
 
xavi
xavi
12/07/2004 10:38
Ya lo puse en un mensaje hace tiempo, creo que el tema del IVA es el de los intereses de financiación, que ahora se han dado cuenta de que tributan por IVA.
Respecto al tema de la gestión del documento, no es tan sencillo como lo plantea Gandaria (y no solo consiste en llevarlo al registro e ir por la escritura cuando esté inscrita). Los mil y pico euros son una provisión de fondos para el pago de los honorarios del notario y del registrador, el pago del impuesto de Actos Jurídicos Documentados y los honorarios del gestor que lo tramite.
 
G
GANDARIA
12/07/2004 10:21
A los vecinos "Los del segundo", por favor, or pediría que nos aclarárais en qué consiste el tema de pagar IVA de la extras, que supongo os habrán explicado. Según tenemos nosotros entendido, el IVA de todas las cantidades que hemos pagado, ya lo hemos pagado y por este concepto ya no debemos pagar nada más.
En cuanto al tema de llevar la escritura al registro y por ello pagar mil y pico euros, si es sólo por esa gestión, es un auténtico robo, ya que cualquier vecino puede hacerlo en persona y no tiene más que dedicarle un par de horas una mañana para llevarlo en persona al registro, y otra mañana pasarse a recogerla cuando ya esté registrada pasadas unas cuantas semanas.
Saludos.
 
R
Rafafa
12/07/2004 09:15
¿IVA DE LOS EXTRAS? ¿Pero los extras no nos los han cobrado a todos en NEGRO? ¿A santo de que viene cobrar ahora el IVA de algo de lo que no nos van a dar factura? ¿Es que nos piensan estar sangrando hasta el final? Pedazo de morro que tienen los colegas.
 
L
los del segundo B
10/07/2004 21:48
Este fin de semana no estamos en Madrid, y ahora no tengo los papeles aqui, os puedo dar el nombre de la gestoria el lunes: Sabemos que esta en la calle serrano.
Nos dijeron que de los ochomil y pico euros que nos tienen que devolver , nos decuentan doscientos y pico para la constitución de la comunidad y tambien nos descuentan mil y pico del iva de las extras que hemos pagado que por lo visto no nos lo han descontado.
Luego nos dijeron que podiamos pagar mil y pico euros para que al firmar la hipoteca la gestoria se encargue de llevarla al registro para que la sellen y por un par de cosas mas , esto es voluntario, el que quiera lo puede pagar para ya no tener que preocuparse de nada. De todas formas tenemos en Madrid el papel que nos dieron donde aparecen las cantidades exactas y a que corresponde cada cosa, el Lunes os podemos facilitar esta informacion con mas precision. Un saludo
 

Fin del hilo
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