Buenas
Cuando salió en nuestro foro el tema de la preinstalación de aire acondicionado hice una pregunta a la web de la oficina de la vivienda de Madrid, ya que es la oficina encargada de vivienda en Madrid.
Desconozco la normativa urbanistica pero me sonaba que la legislación se cambió y a partir de no sé que año era obligatorio que las viviendas de nueva construcción contaran con esta preinstalación.
Hice la pregunta a la oficina de MAdrid para ver desde que año era obligatorio, más que nada para ver si nuestro edificio adolece de un requisito que exige la normativa.
Pues bien, la respuesta ha sido lo mas difusa posible, me han contestado via email con el siguiente texto literal:
"
Estimado/a Sr./Sra.:
En respuesta a la consulta que nos ha planteado en cuanto a la obligatoriedad o no de la preinstalación de aparatos de aire acondicionado en edificios de nueva construcción, le tenemos que remitir al Ayuntamiento de la localidad donde se encuentren ubicadas las viviendas, así como al Colegio de Arquitectos. Por otro lado, habría que estar también a lo dispuesto en el proyecto para ver si recoge dicha preinstalación.
En el caso de que sea obligatorio y aparezca dicha preinstalación en el proyecto y en los planos de la vivienda y no se haya cumplido, cabría interponer dos tipos de reclamaciones, una administrativa ante el propio Ayuntamiento por la infracción de la normativa al respecto y otra civil, dirigida mediante burofax al constructor a los efectos de exigir el cumplimiento de lo recogido en el proyecto y en los planos.
Si desea otro tipo de información, no dude en ponerse en contacto con nosotros a través de los canales de atención disponibles:
· Telefónico: 012 (lunes a viernes, de 09h. a 20h., y sábados, de 10h. a 13h.)
· Fax: 91.728.52.99 (24 horas)
· E-mail: oficinavivienda@madrid.org
· Correo postal: Avda. de Asturias, nº 28, (28029 - Madrid)
· Presencial: en Madrid: Avda. de Asturias, nº 28 (lunes a viernes, de 09h. a 20h., y sábados de 09h. a 13h.) (Asesoramiento administrativo: lunes a viernes, de 09h. a 14h.). Agosto: lunes a viernes, de 09h. a 14h, y sábados de 09h. a 13h.
Le agradecemos su consulta.
Le atendió,
BELEN
Oficina de Vivienda de la Comunidad de Madrid
http://www.madrid.org/vivienda"
A mí, con su respuesta me sigue sin quedar claro si nuestro edificio tiene que tener la preinstalación hecha o no. En la EMVS no te informan nada bien(por no decir, que te dicen que ni idea), con el colegio de arquitectos aún no he probado. En fin, a ver si entre todos o alguno que sea arquitecto nos puede orientar sobre este tema en cuestión.
Un saludo